¿Qué dice la Ley sobre la deducción de los gastos de guardería?
¿Cómo cambia tu día a día con Verifactus?
La legislación española contempla una deducción fiscal específica para las madres trabajadoras con hijos menores de tres años, conocida como deducción por maternidad. Esta deducción permite reducir la cuota diferencial del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en hasta 1.200 euros anuales por cada hijo. Además, existe un incremento adicional de hasta 1.000 euros anuales por gastos de guardería o centros de educación infantil autorizados.
Para beneficiarse de este incremento por gastos de guardería, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
- Hijo menor de tres años: El menor debe estar inscrito en un centro de educación infantil autorizado.
- Gastos de custodia: Los gastos deben corresponder a la inscripción, matrícula, asistencia y alimentación en el centro.
- Centro autorizado: La guardería o centro debe estar debidamente autorizado por la administración competente.
Es importante destacar que este incremento se aplica hasta el mes anterior a aquel en que el niño cumpla tres años. Si el menor cumple tres años en enero, por ejemplo, el incremento se aplicará hasta diciembre del año anterior.
¿Los autónomos pueden deducir los gastos de guardería?
Sí, los trabajadores autónomos pueden beneficiarse de la deducción por maternidad y del incremento por gastos de guardería, siempre que cumplan con los requisitos establecidos. Específicamente, deben:
- Estar dados de alta en la Seguridad Social o mutualidad: Es necesario estar afiliado y en situación de alta en el régimen correspondiente.
- Realizar una actividad por cuenta propia: La deducción es aplicable a aquellas madres que desarrollan una actividad económica como autónomas.
Además, desde 2023, se amplió el ámbito de aplicación de la deducción por maternidad para incluir a las madres que, en el momento del nacimiento, perciban prestaciones contributivas o asistenciales del sistema de protección de desempleo.
¿Los asalariados pueden deducir los gastos de guardería?
Las madres trabajadoras por cuenta ajena también pueden beneficiarse de la deducción por maternidad y del incremento por gastos de guardería, siempre que cumplan con los siguientes requisitos:
- Estar dadas de alta en la Seguridad Social o mutualidad: Deben estar afiliadas y en situación de alta en el régimen correspondiente.
- Realizar una actividad por cuenta ajena: La deducción es aplicable a aquellas madres que trabajan para un empleador.
Al igual que en el caso de las autónomas, desde 2023, se incluye a las madres que, en el momento del nacimiento, perciban prestaciones contributivas o asistenciales del sistema de protección de desempleo.
¿Cómo solicitar la deducción de gastos de guardería?
Para aplicar la deducción por maternidad y su incremento por gastos de guardería, se pueden seguir dos vías:
-
Abono anticipado: Se puede solicitar el pago anticipado de la deducción mediante la presentación del modelo 140 ante la Agencia Tributaria. Este abono consiste en el pago mensual de 100 euros por cada hijo menor de tres años.
-
Aplicación en la declaración de la renta: Si no se ha solicitado el abono anticipado, la deducción se puede aplicar directamente en la declaración anual del IRPF.
Es fundamental conservar la documentación que acredite los gastos de guardería, como facturas y justificantes de pago, ya que la Agencia Tributaria puede requerir su presentación.
Otros artículos relacionados
Para profundizar en temas relacionados con la fiscalidad y las deducciones aplicables, te recomendamos leer los siguientes artículos:
- ¿Qué es VeriFactu?
- ¿Cuándo entra en vigor VeriFactu?
- ¿Quién está obligado a VeriFactu?
- Sanciones por incumplimiento de VeriFactu
- VeriFactu vs. Factura Electrónica: Diferencias clave
- Software adaptado a VeriFactu
- Preguntas frecuentes sobre VeriFactu
Simplifica tu facturación con Verifactus
Prueba Verifactus durante 15 días gratis, sin necesidad de tarjeta de crédito, y descubre cómo puede ayudarte a cumplir con la normativa VeriFactu.
Regístrate ahora →Optimiza tu gestión fiscal con Verifactus
Descubre cómo Verifactus puede facilitar tu cumplimiento con VeriFactu. 15 días gratis, sin tarjeta.
Empieza ahora →¿Qué es la deducción por maternidad?
Es una reducción en la cuota del IRPF de hasta 1.200 euros anuales por cada hijo menor de tres años para madres trabajadoras.
¿Quiénes pueden beneficiarse del incremento por gastos de guardería?
Madres trabajadoras con hijos menores de tres años que incurran en gastos de guardería en centros autorizados.
¿Cómo se justifica el gasto de guardería?
Mediante facturas y justificantes de pago emitidos por el centro de educación infantil autorizado.
¿Es necesario que el centro de educación infantil esté autorizado?
Sí, solo los gastos en centros debidamente autorizados son elegibles para la deducción.
¿Puedo solicitar el abono anticipado de la deducción?
Sí, mediante la presentación del modelo 140 ante la Agencia Tributaria.
¿Qué sucede si mi hijo cumple tres años durante el año fiscal?
El incremento por gastos de guardería se aplica hasta el mes anterior al que el niño cumple tres años.
¿Los padres pueden beneficiarse de esta deducción?
En casos específicos, como fallecimiento de la madre o adopción, el otro progenitor puede aplicar la deducción.
¿Es compatible esta deducción con otras ayudas familiares?
Sí, es compatible con otras deducciones y ayudas, siempre que se cumplan los requisitos de cada una.
¿Qué documentación debo conservar para justificar la deducción?
Facturas, justificantes de pago y cualquier otro documento que acredite los gastos de guardería.
¿Cómo afecta esta deducción a mi declaración de la renta?
Reduce la cuota diferencial del IRPF, disminuyendo el importe a pagar o aumentando la devolución.
¿Puedo aplicar la deducción si estoy en situación de desempleo?
Desde 2023, las madres que perciben prestaciones por desempleo pueden beneficiarse de la deducción.
¿Qué ocurre si cambio de guardería durante el año?
Siempre que ambos centros estén autorizados y se cumplan los requisitos, puedes aplicar la deducción por los gastos en ambos.

