VeriFactu vs Factura Electrónica: Diferencias Clave que Debes Conocer [2026]

VeriFactu y la factura electrónica NO son lo mismo. Explicamos las diferencias entre la Ley Antifraude y la Ley Crea y Crece, y si debes cumplir con ambas.

V

VeriFactus

3 de marzo de 202614 min de lectura
VeriFactu vs Factura Electrónica: Diferencias Clave que Debes Conocer [2026]

Adapta tu facturación a VeriFactu sin complicaciones

Prueba Verifactus gratis durante 15 días. Sin tarjeta de crédito, sin compromiso.

Empieza gratis →
Última actualización: 3 de marzo de 2026. Este artículo refleja la normativa vigente tras el Real Decreto-ley 15/2025.

1. La gran confusión: son cosas DIFERENTES

Si has llegado hasta aquí, es muy probable que tengas una duda que comparten miles de empresarios y autónomos en España: ¿VeriFactu y la factura electrónica obligatoria son lo mismo? La respuesta corta es no. Son dos obligaciones completamente distintas, nacidas de leyes diferentes, con objetivos diferentes y calendarios diferentes.

Sin embargo, la confusión es perfectamente comprensible. Ambas tienen que ver con la facturación, ambas implican cambios tecnológicos para empresas y autónomos, y ambas forman parte de la estrategia de digitalización de la Administración tributaria española. Los medios de comunicación y muchos asesores las mencionan juntas, lo que refuerza la idea errónea de que son lo mismo o de que cumplir con una te cubre para la otra.

Confundirlas puede llevarte a tomar decisiones equivocadas. Por ejemplo, podrías pensar que al adoptar un software VeriFactu ya estás cubierto para la factura electrónica obligatoria, y no es así. O al revés: podrías creer que como la factura electrónica obligatoria aún no tiene fecha firme, tampoco necesitas preocuparte por VeriFactu, lo cual sería un error costoso.

En este artículo vamos a desmontar esa confusión de raíz. Te explicaremos qué es exactamente cada una, de dónde viene, a quién afecta, cuáles son los plazos y, lo más importante, cómo prepararte para cumplir con ambas sin complicaciones. Al terminar, tendrás un mapa claro de lo que necesitas hacer y cuándo.

Empecemos por lo básico: entender cada obligación por separado antes de compararlas.


2. ¿Qué es VeriFactu? (resumen rápido)

VeriFactu es un sistema impulsado por la Agencia Tributaria (AEAT) que regula cómo se generan y registran las facturas a nivel de software. Su nombre completo es Verificación de Facturas, y forma parte de los llamados Sistemas Informáticos de Facturación (SIF) definidos en el Real Decreto 1007/2023, que desarrolla lo establecido en la Ley 11/2021 (Ley Antifraude).

El objetivo central de VeriFactu es combatir el fraude fiscal. La Ley Antifraude identificó que una de las herramientas principales del fraude era el llamado "software de doble uso", es decir, programas de facturación que permitían manipular, borrar o duplicar facturas sin dejar rastro. VeriFactu elimina esa posibilidad obligando a que todo software de facturación cumpla una serie de requisitos técnicos que garanticen la integridad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros.

En la práctica, estos requisitos incluyen:

  • Cadena de hash (SHA-256): cada registro de facturación se vincula criptográficamente al anterior, formando una cadena que no se puede manipular sin que se detecte.
  • Código QR: cada factura incluye un código QR con una URL de verificación de la AEAT, permitiendo comprobar su autenticidad.
  • Firma digital: opcional pero recomendada, añade una capa adicional de autenticidad al registro.
  • Inalterabilidad: los registros de facturación no pueden modificarse una vez generados.
  • Envío automático a la AEAT: en el modo VeriFactu, los registros se envían en tiempo real. En el modo No-VeriFactu, se almacenan localmente de forma segura y se remiten cuando la AEAT lo solicite.
  • Formato XML según las especificaciones de la Orden HAC/1177/2024.

Un punto clave que debes grabar a fuego: VeriFactu no regula el formato de la factura que envías a tu cliente. Regula lo que ocurre dentro del software que la genera. Tú puedes seguir enviando un PDF a tu cliente; lo que cambia es que el software que generó ese PDF debe cumplir con todos esos requisitos técnicos por detrás.

Otro aspecto esencial: VeriFactu afecta a todas las facturas, tanto las que emites a otras empresas (B2B) como las que emites a consumidores finales (B2C). No distingue entre tipos de cliente.

Las fechas obligatorias, tras los ajustes del RD 254/2025 y el RDL 15/2025, son:

  • 29 de julio de 2025: el software ya debe cumplir con los requisitos SIF (fecha ya pasada).
  • 1 de enero de 2027: obligatorio para sociedades mercantiles (contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades).
  • 1 de julio de 2027: obligatorio para autónomos (contribuyentes del IRPF).

Si quieres profundizar en todos los detalles de VeriFactu, te recomendamos leer nuestro artículo completo: ¿Qué es VeriFactu? Guía completa. Y para los plazos exactos con todo su contexto normativo: ¿Cuándo entra en vigor VeriFactu?.


3. ¿Qué es la factura electrónica obligatoria? (Ley Crea y Crece)

La factura electrónica obligatoria es una obligación completamente distinta a VeriFactu. Nace de la Ley 18/2022, conocida como Ley Crea y Crece (Ley de Creación y Crecimiento de Empresas), y su objetivo principal no es combatir el fraude fiscal, sino reducir la morosidad comercial y fomentar la digitalización de las relaciones entre empresas.

Cuando hablamos de factura electrónica obligatoria en el contexto de Crea y Crece, nos referimos a la obligación de que las facturas entre empresas y profesionales (operaciones B2B) se emitan, transmitan y reciban en formato electrónico estructurado. Es decir, no vale un PDF enviado por email: debe ser un fichero electrónico con una estructura de datos estandarizada que permita su procesamiento automático por parte del receptor.

Los objetivos de la Ley Crea y Crece en materia de facturación electrónica son:

  • Reducir los plazos de pago: al digitalizar el intercambio de facturas, se busca que los pagos sean más ágiles y transparentes. La morosidad comercial es un problema endémico en España que afecta especialmente a pymes y autónomos.
  • Eliminar barreras para pymes: estandarizar los formatos facilita que pequeñas empresas participen en cadenas de suministro digitalizadas sin necesidad de inversiones costosas.
  • Trazabilidad completa del ciclo comercial: tanto emisor como receptor tienen constancia verificable de la emisión y recepción de la factura, lo que facilita la resolución de disputas sobre pagos.
  • Alineación con la Unión Europea: la tendencia europea va claramente hacia la facturación electrónica obligatoria. Italia ya la implementó en 2019, Francia está en proceso, y la directiva ViDA (VAT in the Digital Age) de la UE empuja en esa dirección.

Un detalle fundamental que diferencia esta obligación: la Ley Crea y Crece solo aplica a operaciones B2B (entre empresas y/o profesionales). Las facturas dirigidas a consumidores finales (B2C) quedan completamente fuera de esta obligación. Si tienes una panadería y solo vendes a particulares, la factura electrónica de Crea y Crece no te afecta (aunque VeriFactu sí).

Y el punto más relevante a marzo de 2026: el desarrollo reglamentario de esta ley todavía está pendiente. La Ley Crea y Crece establece el principio general de la factura electrónica obligatoria, pero los detalles técnicos (formatos exactos, plataformas de intercambio, plazos concretos de implantación) dependen de un reglamento que aún no se ha aprobado. Esto contrasta drásticamente con VeriFactu, que ya tiene toda su normativa técnica publicada, plazos firmes y un sistema en funcionamiento.


4. Tabla comparativa detallada: VeriFactu vs Factura Electrónica Obligatoria

Ahora que entiendes cada obligación por separado, veamos las diferencias lado a lado. Esta tabla resume todos los puntos clave y te servirá como referencia rápida:

Aspecto VeriFactu (Ley Antifraude) Factura Electrónica (Ley Crea y Crece)
Ley de origen Ley 11/2021 (Ley Antifraude), desarrollada por RD 1007/2023 Ley 18/2022 (Ley Crea y Crece)
Qué regula CÓMO se generan las facturas. Controla el software de facturación. FORMATO y TRANSMISIÓN de facturas entre empresas. Controla el intercambio.
A quién afecta Todos los contribuyentes: empresas y autónomos. Todas las facturas (B2B y B2C). Solo operaciones B2B (entre empresas y/o profesionales).
Objetivo principal Combatir el fraude fiscal. Evitar la doble contabilidad y el software de manipulación. Reducir la morosidad comercial. Agilizar pagos entre empresas.
Fechas obligatorias 29 jul 2025: software debe cumplir. 1 ene 2027: sociedades. 1 jul 2027: autónomos. Pendiente de desarrollo reglamentario. No hay fecha firme a marzo 2026.
Desarrollo normativo Completo: RD 1007/2023 + Orden HAC/1177/2024 + RD 254/2025 + RDL 15/2025. Incompleto: la ley existe pero el reglamento técnico está pendiente.
Requisitos técnicos Hash SHA-256, QR, firma digital, XML, envío a AEAT, inalterabilidad. Formato electrónico estructurado (por definir en el reglamento).
Sanciones Hasta 50.000 EUR/año (usuarios). Hasta 150.000 EUR/año/sistema (fabricantes). Por determinar en el desarrollo reglamentario.
Estado actual (mar 2026) Normativa completa. La AEAT ya acepta registros. Fase voluntaria/pruebas activa. Esperando reglamento. No hay obligación efectiva todavía.

Como puedes ver, las diferencias son sustanciales. La forma más sencilla de recordarlo es esta:

  • VeriFactu mira hacia dentro de tu empresa: cómo genera tu software los registros de facturación. Es un control sobre el proceso de creación.
  • Factura electrónica obligatoria mira hacia fuera: cómo envías y recibes facturas con otras empresas. Es un control sobre el formato de intercambio.

Piénsalo con una analogía sencilla. VeriFactu es como la normativa que obliga a un restaurante a tener una cocina que cumpla requisitos de higiene (controla cómo se preparan las cosas). La factura electrónica obligatoria es como la normativa que obliga a que los productos se distribuyan en envases etiquetados de cierta manera (controla cómo salen al exterior). Ambas son necesarias, pero regulan cosas diferentes.


5. ¿Dónde encaja el SII en todo esto?

Si ya estabas familiarizado con las obligaciones tributarias en España, probablemente te preguntes: ¿y el SII? El Suministro Inmediato de Información (SII) es un sistema que existe desde 2017 y que obliga a las grandes empresas (aquellas con facturación superior a 6 millones de euros anuales) a enviar información detallada de sus facturas a la AEAT de forma casi inmediata (en un plazo de 4 días).

El SII es, en cierto modo, un precursor de VeriFactu para el segmento de grandes contribuyentes. La Agencia Tributaria ya tenía experiencia controlando la facturación de las grandes empresas mediante el SII, y VeriFactu extiende esa filosofía al resto del tejido empresarial.

Sin embargo, hay diferencias importantes entre SII y VeriFactu:

  • El SII se centra en la comunicación de datos de facturas ya emitidas (envías los datos después de emitir la factura).
  • VeriFactu va un paso más allá y controla el proceso de generación de las facturas dentro del software (el registro se crea en el momento de emitir la factura, con hash encadenado y todo el sistema de integridad).
  • El SII no exige cadena de hash, QR de verificación ni inalterabilidad del software. VeriFactu sí.

Un punto crítico que debes tener claro: los contribuyentes inscritos en el SII están excluidos de VeriFactu. Si tu empresa ya está obligada al SII (porque factura más de 6 millones de euros anuales), no necesitas cumplir adicionalmente con VeriFactu. El SII ya cubre esa función de control para Hacienda.

Sin embargo, si estás en el SII, no estás automáticamente excluido de la futura obligación de factura electrónica de la Ley Crea y Crece. Cuando se apruebe el reglamento, es posible que también tengas que intercambiar facturas en formato electrónico estructurado con tus clientes y proveedores empresariales.

En resumen, tenemos tres capas del sistema de control de facturación en España:

  1. SII: para grandes empresas (más de 6M EUR de facturación). Ya en funcionamiento desde 2017. Estos contribuyentes quedan excluidos de VeriFactu.
  2. VeriFactu: para el resto de empresas y autónomos. Controla el software de facturación. Fechas firmes: enero y julio de 2027.
  3. Factura electrónica obligatoria (Crea y Crece): para todas las operaciones B2B, independientemente del tamaño. Controla el formato de intercambio. Fecha: pendiente de reglamento.

Las tres pueden coexistir. Una empresa mediana podría necesitar cumplir con VeriFactu (para su software de facturación) Y con la factura electrónica obligatoria (para el intercambio con sus clientes empresariales) cuando ambas estén plenamente en vigor. No se anulan ni se sustituyen entre sí.


Prepárate para ambas normativas con una sola herramienta

Verifactus cumple con VeriFactu y está preparado para la factura electrónica obligatoria. 15 días de prueba gratuita, sin tarjeta de crédito.

Probar gratis 15 días →

6. ¿Tienes que cumplir con las dos? (Sí, posiblemente)

Esta es la pregunta del millón, y la respuesta para la mayoría de empresas y autónomos es: sí, con el tiempo tendrás que cumplir con ambas obligaciones. Pero no al mismo tiempo, y no de la misma forma.

Veamos por qué con un ejemplo concreto. Imagina que eres una autónoma que ofrece servicios de diseño gráfico a otras empresas. Cuando VeriFactu entre en vigor (julio de 2027 para autónomos), necesitarás que tu software de facturación cumpla con los requisitos SIF: hash encadenado, QR, envío a la AEAT. Esto es el cumplimiento VeriFactu.

Pero además, cuando la Ley Crea y Crece complete su desarrollo reglamentario y entre en vigor, necesitarás que esas facturas que envías a tus clientes empresariales estén en formato electrónico estructurado. Ya no bastará con enviar un PDF por email; tendrás que usar un sistema que genere y transmita la factura en un formato estándar que el software de tu cliente pueda procesar automáticamente.

Son dos cumplimientos diferentes que no se anulan entre sí:

  • Cumplir con VeriFactu no te exime de la factura electrónica obligatoria.
  • Cumplir con la factura electrónica obligatoria no te exime de VeriFactu.
  • El SII te exime de VeriFactu, pero no necesariamente de la factura electrónica obligatoria.

Dicho esto, hay matices importantes según tu perfil de negocio:

  • Si solo vendes a consumidores finales (B2C) -- por ejemplo, una peluquería, una panadería, un comercio minorista -- solo tendrás que cumplir con VeriFactu. La factura electrónica obligatoria de Crea y Crece no te afectaría porque no emites facturas a otras empresas.
  • Si vendes a otras empresas (B2B) -- la mayoría de freelancers, consultores, proveedores de servicios, fabricantes -- tendrás que cumplir con ambas.
  • Si haces ambas cosas (B2B y B2C), VeriFactu afecta a todas tus facturas, y la factura electrónica obligatoria solo a las B2B.

Escenarios prácticos: ¿qué necesitas según tu caso?

Perfil del negocio VeriFactu Factura electrónica (Crea y Crece) SII
Autónomo que vende a empresas Sí (desde jul 2027) Sí (cuando entre en vigor) No
Autónomo que vende a consumidores finales Sí (desde jul 2027) No (solo B2B) No
Pyme (sociedad) con clientes empresariales Sí (desde ene 2027) Sí (cuando entre en vigor) No
Pyme mixta (vende a empresas y particulares) Sí (desde ene 2027) Sí, solo facturas B2B No
Gran empresa (más de 6M EUR) No (excluida por SII) Sí (cuando entre en vigor) Sí (ya en vigor)

La buena noticia es que un buen software de facturación compatible con VeriFactu debería estar diseñado para evolucionar y cubrir ambas obligaciones. Al elegir una solución ahora, asegúrate de que el proveedor tiene en su hoja de ruta la compatibilidad con la factura electrónica de la Ley Crea y Crece. Así no tendrás que cambiar de herramienta cuando llegue esa segunda obligación.

Para saber exactamente si te afecta VeriFactu según tu situación particular, consulta nuestra guía detallada: ¿Quién está obligado a cumplir con VeriFactu?.


7. Estado actual de cada normativa (marzo 2026)

Es fundamental que entiendas en qué punto se encuentra cada normativa a día de hoy para que puedas planificar con información real y no con suposiciones o rumores. La situación de ambas es muy distinta.

VeriFactu: normativa completa, sistema en marcha

VeriFactu tiene todo su marco normativo publicado y definitivo. La cadena legislativa está cerrada:

  • Ley 11/2021 (Ley Antifraude): establece la base legal, el concepto de SIF y prohíbe el software de doble uso.
  • RD 1007/2023: define los requisitos técnicos de los Sistemas Informáticos de Facturación: integridad, trazabilidad, inalterabilidad, QR, hash y firma.
  • Orden HAC/1177/2024: especifica los detalles técnicos más finos: formato XML exacto, estructura del QR, campos obligatorios de cada registro.
  • RD 254/2025: ajusta los plazos de implementación sobre el calendario original.
  • RDL 15/2025 (2 de diciembre de 2025): aplica un retraso adicional de 1 año sobre los plazos, resultando en las fechas actuales de enero y julio de 2027.

En cuanto al estado operativo: desde el 29 de julio de 2025, el software ya debe cumplir con los requisitos SIF. Los fabricantes que no hayan adaptado su software están técnicamente en incumplimiento. Y a marzo de 2026, la AEAT ya está aceptando registros VeriFactu en fase voluntaria y de pruebas. Esto significa que si tienes un software compatible, ya puedes empezar a enviar registros reales a Hacienda y familiarizarte con el sistema.

Las fechas obligatorias para los contribuyentes son claras: 1 de enero de 2027 para sociedades y 1 de julio de 2027 para autónomos.

Factura electrónica obligatoria: esperando reglamento

La situación de la Ley Crea y Crece en materia de factura electrónica es radicalmente diferente. La ley está aprobada desde septiembre de 2022, pero el desarrollo reglamentario que define los detalles técnicos, los formatos y los plazos concretos de implantación todavía no se ha publicado a marzo de 2026. Han pasado más de tres años desde la aprobación de la ley y el reglamento sigue sin ver la luz.

Esto significa que, en la práctica:

  • El principio general de factura electrónica obligatoria entre empresas está establecido en la ley.
  • Pero no hay fecha firme de obligatoriedad porque el reglamento no se ha aprobado.
  • No se conocen los formatos técnicos definitivos ni las plataformas de intercambio que se utilizarán.
  • No hay sanciones concretas definidas para el incumplimiento.
  • Nadie puede exigirte que emitas facturas electrónicas estructuradas a tus clientes empresariales, porque la obligación efectiva no es exigible sin el reglamento.

Sin embargo, esto no significa que debas ignorarla. Es una obligación que llegará, y las empresas que se adelanten tendrán ventaja competitiva. La tendencia europea es inequívoca: Italia lleva desde 2019 con facturación electrónica obligatoria, Francia está implementándola progresivamente, y la directiva ViDA de la UE establece un marco común que empujará a todos los estados miembros en esa dirección.

Lo sensato es prepararse para VeriFactu (urgente, con plazos firmes) eligiendo una solución tecnológica que también pueda adaptarse a la factura electrónica cuando llegue.


8. ¿Qué hacer ahora para prepararte para ambas obligaciones?

Dado que VeriFactu tiene plazos firmes y la factura electrónica obligatoria está en el horizonte, la estrategia más inteligente es clara: actuar sobre VeriFactu ahora y asegurarte de que la solución elegida pueda adaptarse a la factura electrónica cuando llegue.

Aquí tienes un plan de acción concreto con pasos priorizados:

Paso 1: Confirma si te afecta VeriFactu (casi seguro que sí)

Si eres empresario o autónomo en España y no estás inscrito en el SII (facturación superior a 6 millones de euros), VeriFactu te afecta. No hay excepciones por tamaño, sector o volumen de facturación. Lee nuestra guía sobre ¿quién está obligado a cumplir con VeriFactu? para confirmar tu situación particular.

Paso 2: Prioriza la adaptación a VeriFactu (es lo urgente)

Las fechas son firmes: 1 de enero de 2027 para sociedades y 1 de julio de 2027 para autónomos. Puede parecer que queda tiempo, pero adaptar el software, migrar datos históricos, formar al equipo y familiarizarte con el nuevo flujo de trabajo lleva meses. No dejes la transición para el último trimestre.

Paso 3: Elige un software que mire al futuro

No elijas un software que solo cumpla con VeriFactu de forma mínima. Busca una solución que:

  • Cumpla con todos los requisitos SIF del RD 1007/2023 (hash, QR, firma, inalterabilidad, envío a AEAT).
  • Tenga vocación de actualizarse cuando se apruebe el reglamento de factura electrónica de Crea y Crece.
  • Sea capaz de generar facturas en formatos estructurados (esto será necesario para la factura electrónica obligatoria).
  • Ofrezca integraciones con otros sistemas (ERP, contabilidad, TPV).
  • Sea una solución en la nube que se actualice automáticamente con los cambios normativos.

Si quieres conocer los criterios para elegir la mejor solución, consulta nuestro artículo dedicado: Software VeriFactu: ¿cómo elegir el adecuado?.

Paso 4: Aprovecha las ayudas del Kit Digital

El programa Kit Digital ofrece subvenciones de entre 1.000 y 3.000 EUR para soluciones de facturación electrónica. Estas ayudas son compatibles con la adopción de software VeriFactu, lo que significa que puedes cubrir total o parcialmente el coste de la transición. No dejes pasar estas subvenciones.

Paso 5: Empieza con la fase voluntaria de VeriFactu

Desde marzo de 2026, la AEAT está aceptando registros VeriFactu en fase de pruebas. Esto te permite familiarizarte con el sistema, detectar problemas y resolverlos antes de que la obligación sea efectiva. Es una oportunidad que no deberías desaprovechar: cuando lleguen los plazos obligatorios, ya tendrás experiencia real con el sistema.

Paso 6: Informa a tu asesor o gestoría

Tu asesor fiscal debe estar al tanto de ambas obligaciones y de cómo afectan a tu negocio específicamente. Coordinarte con él te permitirá planificar la transición de forma ordenada, optimizar la fiscalidad del cambio y evitar sorpresas de última hora.

Paso 7: Mantente informado sobre Crea y Crece

Aunque no hay fecha firme para la factura electrónica obligatoria, el reglamento puede publicarse en cualquier momento. Mantente informado a través de fuentes fiables para no pillar la noticia con retraso. Puedes seguir nuestras noticias o consultar nuestra recopilación de preguntas frecuentes sobre VeriFactu que actualizamos regularmente.

Conoce también las sanciones por incumplimiento de VeriFactu para entender lo que está en juego económicamente.


Una solución para todas las normativas

Verifactus te cubre con VeriFactu hoy y con la factura electrónica mañana. 15 días gratis, sin tarjeta, sin permanencia.

Probar Verifactus gratis →

9. Preguntas frecuentes

¿VeriFactu y la factura electrónica obligatoria son lo mismo?

No. Son dos obligaciones completamente distintas. VeriFactu (derivado de la Ley Antifraude 11/2021 y el RD 1007/2023) regula cómo el software genera y registra las facturas, garantizando su integridad mediante hash, QR y firma digital. La factura electrónica obligatoria (Ley Crea y Crece 18/2022) regula el formato y la transmisión de facturas entre empresas. Tienen leyes de origen diferentes, objetivos diferentes y calendarios diferentes.

¿Si ya cumplo con VeriFactu, estoy cubierto para la factura electrónica obligatoria?

No. Cumplir con VeriFactu asegura que tu software genera registros de facturación conforme a la normativa antifraude (con hash encadenado, QR, inalterabilidad), pero no garantiza que tus facturas se emitan en el formato electrónico estructurado que exigirá la Ley Crea y Crece para operaciones B2B. Son cumplimientos independientes que coexisten.

¿Cuándo entra en vigor la factura electrónica obligatoria de la Ley Crea y Crece?

A marzo de 2026, no hay una fecha firme. La ley está aprobada desde septiembre de 2022, pero el desarrollo reglamentario que define los detalles técnicos, formatos y plazos concretos todavía está pendiente de publicación. La obligación no es exigible hasta que se apruebe y entre en vigor ese reglamento.

¿A quién afecta VeriFactu y a quién la factura electrónica obligatoria?

VeriFactu afecta a todos los contribuyentes (empresas y autónomos) en todas sus facturas, tanto B2B como B2C, excepto los inscritos en el SII. La factura electrónica obligatoria de Crea y Crece solo afecta a operaciones B2B (entre empresas y/o profesionales). Si solo vendes a consumidores finales, la factura electrónica obligatoria no te afecta, pero VeriFactu sí.

¿Si estoy en el SII, me afecta VeriFactu o la factura electrónica?

Si estás inscrito en el SII (empresas con facturación superior a 6 millones de euros), estás excluido de VeriFactu. El SII ya cumple la función de control de facturación para Hacienda en tu caso. Sin embargo, es probable que sí tengas que cumplir con la factura electrónica obligatoria de la Ley Crea y Crece cuando se desarrolle el reglamento, ya que esta tiene un ámbito y objetivo diferentes.

¿Qué sanciones hay por no cumplir con VeriFactu?

Las sanciones por incumplimiento de VeriFactu pueden alcanzar los 50.000 EUR por año para los usuarios del software y hasta 150.000 EUR por año y por sistema para los fabricantes de software que no cumplan con los requisitos del RD 1007/2023. Puedes consultar todos los detalles y casuísticas en nuestro artículo sobre sanciones VeriFactu.

¿Y las sanciones por no cumplir con la factura electrónica obligatoria?

A día de hoy, las sanciones concretas por no emitir factura electrónica según la Ley Crea y Crece están pendientes de definición en el desarrollo reglamentario. No se pueden aplicar sanciones hasta que la obligación sea efectiva, y la obligación no es efectiva sin reglamento.

¿Qué tipo de software necesito para cumplir con ambas obligaciones?

Necesitas un software de facturación que cumpla con los requisitos SIF de VeriFactu (hash SHA-256, QR, firma digital, envío a AEAT, formato XML, inalterabilidad) y que, idealmente, esté preparado para generar y recibir facturas en formato electrónico estructurado cuando la Ley Crea y Crece lo exija. Lo más recomendable es elegir una solución en la nube que se actualice automáticamente con los cambios normativos, como Verifactus.

¿La AEAT tiene alguna aplicación gratuita para cumplir con VeriFactu?

Sí. La AEAT puso a disposición una aplicación gratuita desde octubre de 2025, orientada a contribuyentes con bajo volumen de facturación. Esta app permite cumplir con los requisitos básicos de VeriFactu, pero tiene limitaciones en cuanto a funcionalidades avanzadas, integraciones con otros sistemas y capacidad de gestión. Para la mayoría de negocios con actividad regular, un software comercial será más adecuado y eficiente.

¿Puedo usar el Kit Digital para financiar el software de facturación?

Sí. El programa Kit Digital ofrece subvenciones de entre 1.000 y 3.000 EUR para soluciones de facturación electrónica. Estas ayudas pueden utilizarse para cubrir el coste de un software compatible con VeriFactu, lo que permite digitalizar tu facturación con un coste reducido o incluso nulo.

¿Cuáles son las fechas clave de VeriFactu que debo recordar?

Las tres fechas clave son: 29 de julio de 2025 (el software debe cumplir con los requisitos SIF -- ya pasada), 1 de enero de 2027 (obligatorio para sociedades mercantiles) y 1 de julio de 2027 (obligatorio para autónomos). Estos plazos fueron ajustados por el RD 254/2025 y el RDL 15/2025. Consulta todos los detalles y el contexto de cada aplazamiento en nuestra guía de fechas de VeriFactu.

¿Qué pasa si mi software actual no es compatible con VeriFactu?

Tendrás que migrar a un software que cumpla antes de las fechas límite. Si sigues usando un software no compatible después de los plazos, tanto tú como el fabricante del software podríais enfrentar sanciones económicas significativas. Además, la Ley Antifraude prohíbe expresamente el software de doble uso (que permita llevar doble contabilidad o manipular registros), con sanciones específicas de hasta 150.000 EUR para quien lo fabrique, distribuya o use.


Conclusión

VeriFactu y la factura electrónica obligatoria de la Ley Crea y Crece son dos caras de la misma moneda de digitalización de la facturación en España, pero no son lo mismo. VeriFactu controla cómo se generan las facturas dentro de tu software (el proceso). La factura electrónica obligatoria controlará cómo se intercambian entre empresas (el formato y la transmisión).

Lo que necesitas hacer es claro: actuar sobre VeriFactu ahora (tiene plazos firmes, normativa completa y un sistema ya en funcionamiento) y mantenerte informado sobre la factura electrónica obligatoria (llegará, pero todavía no tiene fecha ni reglamento aprobado).

La mejor decisión que puedes tomar hoy es elegir un software de facturación que cumpla con VeriFactu de forma completa y que esté preparado para evolucionar cuando lleguen las nuevas obligaciones. Así te aseguras de cumplir con lo urgente sin cerrar la puerta a lo que viene.

Y si quieres resolver dudas adicionales sobre VeriFactu, te recomendamos nuestra recopilación completa de preguntas frecuentes sobre VeriFactu.

Etiquetas:#verifactu#factura electrónica#crea y crece#normativa#comparativa