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Adaptado a VeriFactu · RD-ley 15/202515 min · Guías

Cómo facturar como ilustrador profesional autónomo en España

Guía completa para ilustradores profesionales que desean facturar como autónomos en España, incluyendo trámites de alta, obligaciones fiscales y uso de software adaptado a VeriFactu.

V
VeriFactus
4 de julio de 2026
Cómo facturar como ilustrador profesional autónomo en España
EN LA PRÁCTICA

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Para ejercer como ilustrador profesional en España, es imprescindible darse de alta como autónomo. Este proceso implica dos trámites principales:

1.1 Alta en Hacienda: Presentación del modelo 036 o 037

Debes presentar la declaración censal (modelo 036 o 037) ante la Agencia Tributaria (AEAT) antes de iniciar tu actividad. En este documento, indicarás:

  • Epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas (IAE): El código que corresponde a tu actividad profesional.
  • Régimen de IVA: Generalmente, el 21% para servicios de ilustración.
  • Régimen de IRPF: Estimación directa o módulos, según tu elección.

1.2 Alta en la Seguridad Social: Inscripción en el RETA

Tras el alta en Hacienda, debes inscribirte en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social. Este trámite se realiza a través de la sede electrónica de la Seguridad Social y requiere:

  • Fecha de inicio de actividad: Debe coincidir con la declarada en Hacienda.
  • Base de cotización: Determina tu cuota mensual y futuras prestaciones.

2. Alta en la Actividad Profesional (IAE) como ilustrador o diseñador gráfico

El Impuesto de Actividades Económicas (IAE) clasifica las actividades económicas en epígrafes específicos. Como ilustrador o diseñador gráfico, debes seleccionar el epígrafe que mejor se ajuste a tu actividad. Por ejemplo, el epígrafe 751 corresponde a "Servicios de publicidad, relaciones públicas y similares".

Es fundamental elegir correctamente el epígrafe, ya que determinará tus obligaciones fiscales y el régimen de IVA aplicable.

3. Facturar como ilustrador profesional autónomo

Emitir facturas correctamente es esencial para cumplir con tus obligaciones fiscales. Cada factura debe incluir:

  • Número y serie de factura: Numeración correlativa sin saltos.
  • Fecha de expedición.
  • Datos del emisor y receptor: Nombre, NIF y dirección.
  • Descripción de los servicios prestados.
  • Base imponible y tipo de IVA aplicable: Generalmente, el 21%.
  • Retención de IRPF: 15% para profesionales, o 7% durante los primeros tres años si es tu primera alta como autónomo.
  • Importe total.

4. VeriFactu y su impacto en los ilustradores autónomos

A partir del 1 de julio de 2027, los autónomos que utilicen sistemas informáticos de facturación deberán adaptarse al sistema VeriFactu, según el Real Decreto-ley 15/2025. Este sistema exige que el software de facturación esté certificado por la Agencia Tributaria y garantice la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros.

5. Software de facturación adaptado para ilustradores

Para cumplir con la normativa VeriFactu, es recomendable utilizar un software de facturación certificado. Herramientas como Verifactus te permiten cumplir con VeriFactu desde el primer día, con 15 días de prueba gratuita sin tarjeta.

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6. Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio darse de alta como autónomo para facturar como ilustrador?

Sí, si realizas una actividad económica de forma habitual, personal y directa, es obligatorio darse de alta como autónomo.

¿Qué es el sistema VeriFactu?

VeriFactu es un sistema que exige el uso de software de facturación certificado por la Agencia Tributaria para garantizar la integridad y trazabilidad de las facturas.

¿Cuándo entra en vigor la obligación de usar software adaptado a VeriFactu?

Para autónomos personas físicas, la obligación entra en vigor el 1 de julio de 2027.

¿Qué sucede si no utilizo un software de facturación certificado?

No utilizar un software certificado puede conllevar sanciones por parte de la Agencia Tributaria.

¿Puedo deducir gastos relacionados con mi actividad de ilustrador?

Sí, siempre que estén directamente relacionados con tu actividad y debidamente justificados.

¿Cómo afecta el IVA a mis facturas como ilustrador?

Debes aplicar el tipo de IVA correspondiente (generalmente el 21%) y declararlo trimestralmente.

¿Qué retención de IRPF debo aplicar en mis facturas?

Generalmente, el 15%. Si es tu primera alta como autónomo, puedes aplicar el 7% durante los primeros tres años.

¿Es necesario conservar las facturas emitidas y recibidas?

Sí, debes conservarlas durante al menos 4 años por si son requeridas en una inspección.

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Etiquetas:#ilustrador#autónomo#facturación#VeriFactu

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