¿Qué son Verifactu y SII?
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Verifactu y el Suministro Inmediato de Información (SII) son dos sistemas implementados por la Agencia Tributaria española con el objetivo de mejorar el control fiscal y la transparencia en la facturación de las empresas. Aunque ambos buscan optimizar la gestión tributaria, presentan diferencias significativas en su funcionamiento y en los sujetos obligados a su cumplimiento.
Verifactu es un sistema que garantiza la integridad, conservación, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación mediante una serie de requisitos técnicos que deben cumplir los programas de facturación utilizados por empresas y autónomos. Este sistema se enmarca dentro del Reglamento de los Sistemas Informáticos de Facturación, aprobado por el Real Decreto 1007/2023.
Por otro lado, el SII es un sistema de gestión del IVA que se basa en la transmisión electrónica de los registros de facturación a la Agencia Tributaria en un plazo máximo de cuatro días hábiles. Implementado en 2017, el SII busca modernizar la gestión del IVA a través de la digitalización y automatización del envío de información sobre facturas.
Diferencias clave entre Verifactu y SII
Aunque ambos sistemas comparten el objetivo de mejorar el control fiscal, presentan diferencias notables en diversos aspectos:
Finalidad y alcance
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Verifactu: Se centra en garantizar que las facturas emitidas sean inalterables, verificables y trazables, asegurando la autenticidad e integridad de cada factura desde su emisión.
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SII: Se enfoca en la gestión del IVA mediante el envío casi inmediato de los registros de facturación a la Agencia Tributaria, permitiendo un control más eficiente y en tiempo real de las operaciones sujetas a este impuesto.
Obligatoriedad
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Verifactu: Inicialmente, su adopción es voluntaria para todos los contribuyentes. Sin embargo, con la aprobación del Real Decreto-ley 15/2025, su implementación obligatoria se ha pospuesto, estableciéndose las siguientes fechas:
- 1 de enero de 2027: Obligatorio para sociedades.
- 1 de julio de 2027: Obligatorio para autónomos y otras empresas.
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SII: Es obligatorio para grandes empresas (aquellas con una facturación anual superior a 6.010.121,04 euros), grupos de IVA y empresas inscritas en el Registro de Devolución Mensual del IVA (REDEME). Para el resto de empresas, su adopción es voluntaria.
Frecuencia de envío
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Verifactu: Permite la remisión automática de las facturas a la Agencia Tributaria en tiempo real, aunque esta funcionalidad es voluntaria. Los contribuyentes pueden optar por conservar las facturas y enviarlas únicamente cuando sean requeridas por Hacienda.
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SII: Exige el envío de los registros de facturación en un plazo máximo de cuatro días hábiles desde la emisión o recepción de la factura, lo que implica una comunicación casi inmediata con la Agencia Tributaria.
Código QR
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Verifactu: Obliga a que las facturas emitidas incluyan un código QR que permite verificar su autenticidad y facilita su trazabilidad.
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SII: No requiere la inclusión de un código QR en las facturas, ya que su enfoque está en la transmisión de los registros de facturación y no en la verificación individual de cada factura.
Público objetivo
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Verifactu: Está dirigido principalmente a autónomos y pequeñas y medianas empresas (pymes) que no están obligadas a utilizar el SII, buscando ampliar el control fiscal a este segmento.
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SII: Se orienta a grandes empresas, grupos de IVA y aquellas inscritas en el REDEME, enfocándose en entidades con mayor volumen de operaciones.
Beneficios de Verifactu y SII
La implementación de estos sistemas aporta múltiples beneficios tanto para las empresas como para la Administración Tributaria:
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Mejora en el control fiscal: Ambos sistemas permiten un seguimiento más preciso de las operaciones comerciales, reduciendo el fraude fiscal y aumentando la transparencia.
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Digitalización y modernización: Facilitan la transición hacia una gestión tributaria digital, optimizando procesos y reduciendo la carga administrativa.
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Asistencia tributaria avanzada: Los contribuyentes acogidos a estos sistemas pueden beneficiarse de una asistencia más personalizada y eficiente por parte de la Agencia Tributaria.
Convivencia entre Verifactu y SII
La coexistencia de Verifactu y SII plantea diversas consideraciones para las empresas:
Sistema obligatorio vs. voluntario
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Verifactu: Aunque inicialmente es voluntario, se convertirá en obligatorio en 2027 para la mayoría de los contribuyentes, según el calendario establecido por el Real Decreto-ley 15/2025.
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SII: Es obligatorio para ciertos contribuyentes desde su implementación en 2017, con la posibilidad de adopción voluntaria para otros.
Mejora en el control para Hacienda
La implementación de ambos sistemas permite a la Agencia Tributaria un control más exhaustivo y en tiempo real de las operaciones comerciales, facilitando la detección de irregularidades y el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
Opciones de cumplimiento
Las empresas deben evaluar cuál de los sistemas se adapta mejor a sus necesidades y obligaciones fiscales, considerando factores como el volumen de operaciones, la estructura organizativa y los recursos tecnológicos disponibles.
Flexibilidad en la elección del sistema
Mientras que el SII es obligatorio para ciertos contribuyentes, Verifactu ofrece una mayor flexibilidad en su adopción, permitiendo a las empresas prepararse para su implementación obligatoria en 2027.
Futuro de la comunicación con la Agencia Tributaria
La digitalización de la gestión tributaria es una tendencia creciente que busca simplificar y optimizar la relación entre las empresas y la Administración Tributaria.
Facturación electrónica preparada
La adopción de sistemas como Verifactu y SII prepara a las empresas para un entorno donde la facturación electrónica será la norma, facilitando la adaptación a futuras regulaciones y tecnologías.
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¿Es obligatorio adoptar Verifactu?
Actualmente, Verifactu es voluntario, pero se convertirá en obligatorio a partir del 1 de enero de 2027 para sociedades y del 1 de julio de 2027 para autónomos y otras empresas.
¿Puedo utilizar Verifactu si ya estoy acogido al SII?
Las empresas obligadas al SII no están obligadas a adoptar Verifactu, ya que el nivel de control fiscal del SII se considera suficiente.
¿Qué beneficios aporta Verifactu a mi empresa?
Verifactu garantiza la integridad y trazabilidad de las facturas, facilita el cumplimiento fiscal y reduce la probabilidad de requerimientos tributarios.
¿Cómo puedo preparar mi empresa para la implementación de Verifactu?
Es recomendable actualizar o adquirir un software de facturación compatible con Verifactu y capacitar al personal en su uso.
¿Qué sanciones existen por no cumplir con Verifactu?
Las sanciones por incumplimiento pueden alcanzar hasta 50.000 euros por ejercicio fiscal.
¿Verifactu sustituye al SII?
No, ambos sistemas coexisten y están dirigidos a diferentes segmentos de contribuyentes.
¿Es necesario incluir un código QR en las facturas con Verifactu?
Sí, Verifactu exige que las facturas incluyan un código QR para verificar su autenticidad.
¿Cómo afecta Verifactu a los autónomos?
Los autónomos deberán adoptar Verifactu a partir del 1 de julio de 2027, garantizando la integridad y trazabilidad de sus facturas.
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