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IGIC: Qué es, cómo se calcula y su aplicación en Canarias

Descubre qué es el IGIC, cómo se calcula y su aplicación en Canarias. Conoce los tipos impositivos, diferencias con el IVA y cómo cumplir con tus obligaciones fiscales.

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VeriFactus
18 de septiembre de 2026
IGIC: Qué es, cómo se calcula y su aplicación en Canarias
EN LA PRÁCTICA

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El Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) es un tributo indirecto que grava el consumo de bienes y servicios en las Islas Canarias. Funciona de manera similar al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) aplicado en el resto de España, pero con particularidades propias adaptadas al régimen fiscal canario. El IGIC se aplica a:

  • Entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas por empresarios y profesionales en Canarias.
  • Importaciones de bienes en el territorio canario, independientemente de la condición del importador.

Este impuesto es gestionado por la Agencia Tributaria Canaria, diferenciándose así del IVA, que es administrado por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

¿Qué leyes regulan el IGIC?

El IGIC está regulado por varias normativas específicas que establecen su aplicación, tipos impositivos y procedimientos de gestión. Las principales leyes que regulan el IGIC son:

  • Decreto Legislativo 1/2025, de 13 de octubre: Aprueba el texto refundido de las normas legales aprobadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en relación con el IGIC y el Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias.
  • Ley 20/1991, de 7 de junio: Modifica los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias.
  • Ley 9/2025, de 23 de diciembre: Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2026, que introduce modificaciones en los tipos impositivos del IGIC con efectos desde el 1 de enero de 2026.

¿Qué diferencias hay entre el IVA y el IGIC?

Aunque el IGIC y el IVA son impuestos indirectos que gravan el consumo, existen diferencias significativas entre ambos:

AspectoIVAIGIC
Ámbito de aplicaciónTerritorio peninsular español y Baleares.Islas Canarias.
Tipos impositivosGeneral: 21%
Reducido: 10%
Superreducido: 4%
General: 7%
Reducido: 3%
Otros tipos: 0%, 5%, 9,5%, 15%, 20%
GestiónAgencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).Agencia Tributaria Canaria.
Modelos de declaraciónModelo 303 (trimestral), Modelo 390 (anual).Modelo 420 (trimestral), Modelo 425 (anual).

Tipos impositivos del IGIC

El IGIC cuenta con varios tipos impositivos que se aplican según la naturaleza de los bienes y servicios:

  • Tipo cero (0%): Aplicado a productos y servicios de primera necesidad, como medicamentos, alimentos básicos, libros y periódicos.
  • Tipo reducido (3%): Se aplica a determinados bienes y servicios, como el transporte terrestre de viajeros y la hostelería.
  • Tipo general (7%): Es el tipo aplicable por defecto a la mayoría de bienes y servicios que no están sujetos a otros tipos.
  • Tipo incrementado (9,5%): Aplicado a productos como joyería, perfumería y determinados vehículos.
  • Tipo especial (15%): Grava bienes de lujo y ciertos productos específicos.
  • Tipo especial (20%): Aplicado a labores del tabaco, salvo los cigarros puros.

Es fundamental consultar la normativa vigente o asesorarse adecuadamente para determinar el tipo impositivo aplicable a cada producto o servicio.

¿Cómo se calcula el IGIC a incluir en las facturas?

El cálculo del IGIC en las facturas es similar al del IVA. Se debe aplicar el tipo impositivo correspondiente sobre la base imponible del bien o servicio. Por ejemplo:

  • Base imponible: 1.000 €
  • Tipo impositivo: 7% (tipo general)
  • IGIC: 1.000 € x 7% = 70 €
  • Total factura: 1.000 € + 70 € = 1.070 €

Es esencial que las facturas reflejen claramente la base imponible, el tipo de IGIC aplicado y la cuota resultante.

¿Quién debe liquidar y presentar el IGIC?

Están obligados a liquidar y presentar el IGIC:

  • Empresarios y profesionales que realicen entregas de bienes o prestaciones de servicios sujetas al IGIC en Canarias.
  • Importadores de bienes en el territorio canario.

Existen regímenes especiales y exenciones que pueden afectar a la obligación de liquidar el IGIC, por lo que es recomendable consultar la normativa específica o asesorarse profesionalmente.

¿Cómo se liquida el IGIC?

La liquidación del IGIC se realiza de la siguiente manera:

  1. Determinación del IGIC repercutido: Suma de las cuotas de IGIC cobradas a los clientes en las facturas emitidas.
  2. Determinación del IGIC soportado: Suma de las cuotas de IGIC pagadas en las facturas recibidas de proveedores.
  3. Cálculo de la cuota a ingresar o a devolver: Se resta el IGIC soportado al IGIC repercutido. Si el resultado es positivo, se ingresa la diferencia; si es negativo, se puede solicitar la devolución o compensar en periodos futuros.

¿Qué modelos tributarios afectan al IGIC?

Los principales modelos tributarios relacionados con el IGIC son:

  • Modelo 420: Autoliquidación trimestral del IGIC para sujetos pasivos en régimen general.
  • Modelo 421: Autoliquidación trimestral para sujetos pasivos en régimen simplificado.
  • Modelo 425: Resumen anual del IGIC.
  • Modelo 415: Declaración anual de operaciones con terceras personas.

Es importante presentar cada modelo en los plazos establecidos para evitar sanciones.

Plazos para la presentación del IGIC

Los plazos generales para la presentación del IGIC son:

  • Autoliquidaciones trimestrales (Modelos 420 y 421):
    • Primer trimestre: 1 al 20 de abril.
    • Segundo trimestre: 1 al 20 de julio.
    • Tercer trimestre: 1 al 20 de octubre.
    • Cuarto trimestre: 1 al 31 de enero del año siguiente.
  • Resumen anual (Modelo 425): 1 al 31 de enero del año siguiente.
  • Declaración anual de operaciones con terceras personas (Modelo 415): 1 al 31 de marzo del año siguiente.

Es recomendable consultar el calendario fiscal de la Agencia Tributaria Canaria para confirmar las fechas exactas cada año.

Formas de presentación de la liquidación del IGIC

La presentación de las autoliquidaciones y declaraciones del IGIC se puede realizar de las siguientes maneras:

  • Telemáticamente: A través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria Canaria, utilizando certificado digital o sistema de identificación electrónica.
  • Presencialmente: Presentando los modelos en las oficinas de la Agencia Tributaria Canaria, aunque se recomienda la presentación telemática por su comodidad y rapidez.

Para facilitar el cumplimiento de estas obligaciones, herramientas como Verifactus ofrecen soluciones de facturación adaptadas al IGIC, permitiendo una gestión eficiente y conforme a la normativa vigente. Con Verifactus, puedes disfrutar de 15 días de prueba gratuita sin necesidad de tarjeta de crédito.

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Preguntas frecuentes sobre el IGIC

¿El IGIC se aplica a todas las operaciones realizadas en Canarias?

No, existen exenciones y operaciones no sujetas al IGIC. Es importante consultar la normativa vigente para determinar si una operación específica está sujeta o exenta.

¿Puedo deducir el IGIC soportado en mis compras?

Sí, siempre que las compras estén relacionadas con la actividad económica y cumplan con los requisitos establecidos en la normativa.

¿Qué sucede si no presento las autoliquidaciones del IGIC en plazo?

El incumplimiento de los plazos puede conllevar sanciones y recargos. Es fundamental cumplir con las fechas establecidas para evitar penalizaciones.

¿Cómo puedo saber qué tipo impositivo aplicar a un producto o servicio?

La normativa del IGIC establece los tipos impositivos aplicables a diferentes bienes y servicios. Se recomienda consultar la legislación vigente o asesorarse profesionalmente.

¿Es obligatorio presentar el Modelo 425 aunque no haya tenido actividad?

Sí, el Modelo 425 debe presentarse incluso si no se ha realizado actividad durante el año, salvo que se haya cesado en la actividad y se haya comunicado a la Agencia Tributaria Canaria.

¿Puedo presentar las autoliquidaciones del IGIC de forma presencial?

Sí, aunque se recomienda la presentación telemática por su comodidad y rapidez. La presentación presencial se realiza en las oficinas de la Agencia Tributaria Canaria.

¿Qué es el régimen simplificado del IGIC?

Es un régimen especial aplicable a pequeños empresarios y profesionales que permite simplificar la determinación de las cuotas a ingresar mediante módulos.

¿Cómo afecta el IGIC a las operaciones entre Canarias y la Península?

Las operaciones entre Canarias y la Península se consideran exportaciones e importaciones a efectos fiscales, por lo que están sujetas a regulaciones específicas.

¿Qué es la franquicia del minorista en el IGIC?

Es un régimen especial que exime a los comerciantes minoristas con un volumen de operaciones inferior a un umbral determinado de repercutir IGIC en sus ventas.

¿Cómo puedo corregir una autoliquidación del IGIC ya presentada?

Se debe presentar una autoliquidación complementaria o sustitutiva, según corresponda, para corregir los errores o incluir operaciones omitidas.

Para gestionar eficientemente tus obligaciones fiscales relacionadas con el IGIC, considera utilizar herramientas especializadas como Verifactus, que te ofrecen soluciones adaptadas a la normativa canaria y te permiten mantener tus cuentas al día de manera sencilla y segura.

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Etiquetas:#IGIC#impuestos#Canarias#fiscalidad

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