Vídeo: ¿Qué impuestos deben pagar los autónomos?
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Para comprender mejor las obligaciones fiscales de los autónomos, te recomendamos ver el siguiente vídeo explicativo:
¿Cuándo se presentan los impuestos del segundo trimestre de 2026?
El segundo trimestre de 2026 abarca desde el 1 de abril hasta el 30 de junio. Las declaraciones correspondientes a este periodo deben presentarse entre el 1 y el 20 de julio de 2026. Sin embargo, dado que el 20 de julio de 2026 cae en domingo, el plazo se extiende hasta el lunes 21 de julio de 2026.
¿Qué modelos hay que presentar del segundo trimestre de 2026?
Dependiendo de la actividad y situación fiscal de cada autónomo o pyme, los modelos a presentar pueden variar. A continuación, se detallan los modelos más comunes:
| Modelo | Impuesto | ¿Quién debe presentarlo? |
|---|---|---|
| 303 | IVA trimestral | Autónomos y empresas que realizan actividades sujetas a IVA. |
| 130 | Pago fraccionado IRPF (estimación directa) | Autónomos en régimen de estimación directa. |
| 131 | Pago fraccionado IRPF (estimación objetiva) | Autónomos en régimen de estimación objetiva (módulos). |
| 111 | Retenciones e ingresos a cuenta del IRPF | Empresas y autónomos que hayan retenido IRPF a trabajadores, profesionales o empresarios. |
| 115 | Retenciones e ingresos a cuenta por arrendamientos de inmuebles urbanos | Empresas y autónomos que pagan alquileres por locales u oficinas y practican retención. |
| 349 | Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias | Empresas y autónomos que realizan operaciones intracomunitarias. |
¿Cuál es el plazo de presentación y pago de los modelos del segundo trimestre?
Los plazos generales para la presentación y pago de los modelos correspondientes al segundo trimestre de 2026 son los siguientes:
Del 1 al 22 de julio de 2026:
- Presentación de los modelos: 303, 130, 131, 111, 115 y 349.
- Pago mediante domiciliación bancaria: Si optas por domiciliar el pago, el plazo finaliza el 15 de julio de 2026.
Es fundamental respetar estos plazos para evitar recargos o sanciones por presentación fuera de plazo.
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¿Qué sucede si presento un modelo fuera de plazo?
La presentación fuera de plazo puede conllevar recargos e intereses de demora. Es recomendable presentar las declaraciones dentro del plazo establecido para evitar sanciones.
¿Puedo rectificar una declaración ya presentada?
Sí, es posible presentar una declaración complementaria o sustitutiva para corregir errores en una declaración ya presentada.
¿Cómo puedo domiciliar el pago de mis impuestos?
Durante la presentación telemática de la declaración, puedes seleccionar la opción de domiciliación bancaria e indicar el número de cuenta donde se realizará el cargo.
¿Qué ocurre si el último día de presentación cae en festivo o fin de semana?
Si el último día del plazo cae en festivo o fin de semana, el plazo se extiende hasta el siguiente día hábil.
¿Es obligatorio presentar el Modelo 349 si no he realizado operaciones intracomunitarias?
No, solo deben presentar el Modelo 349 aquellos que hayan realizado operaciones intracomunitarias en el periodo correspondiente.
¿Cómo puedo asegurarme de que he presentado correctamente mis declaraciones?
Tras la presentación, la Agencia Tributaria emite un justificante de presentación que puedes descargar y guardar como comprobante.
¿Qué documentación necesito para presentar estos modelos?
Es necesario disponer de los libros de registro de facturas emitidas y recibidas, así como cualquier otra documentación que respalde las operaciones realizadas.
¿Puedo delegar la presentación de mis impuestos en un tercero?
Sí, puedes autorizar a un tercero, como un asesor fiscal, para que presente las declaraciones en tu nombre.
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