¿Qué son los libros obligatorios del IVA?
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Los libros obligatorios del IVA son registros contables que deben llevar los empresarios y profesionales sujetos al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) en España. Estos libros permiten documentar y controlar todas las operaciones relacionadas con el IVA, asegurando una correcta liquidación y pago del impuesto.
La correcta llevanza de estos libros es esencial para:
- Determinar con precisión el importe total del IVA repercutido a los clientes.
- Calcular el IVA soportado en las adquisiciones de bienes y servicios a proveedores.
- Facilitar la comprobación y control por parte de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
¿Qué dice la Ley sobre los libros obligatorios del IVA?
La obligación de llevar los libros registro del IVA está regulada en el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre. Según este reglamento, los sujetos pasivos del IVA deben llevar, con carácter general, los siguientes libros registro:
- Libro registro de facturas expedidas.
- Libro registro de facturas recibidas.
- Libro registro de bienes de inversión.
- Libro registro de determinadas operaciones intracomunitarias.
Además, la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, introduce la obligación de que los sistemas informáticos de facturación garanticen la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros. Esta ley prohíbe el uso de software que permita la manipulación de datos contables o de gestión.
¿En qué formato hay que llevar los libros de IVA?
Los libros registro del IVA pueden llevarse en formato electrónico o en papel. Sin embargo, la tendencia y recomendación actual es llevarlos en formato electrónico, ya que facilita su conservación, consulta y presentación ante la AEAT.
Al llevar los libros en formato electrónico, es fundamental que el sistema utilizado cumpla con los requisitos establecidos por la normativa vigente, garantizando la integridad y seguridad de los datos. Esto implica que los registros deben ser inalterables y estar debidamente encadenados para asegurar su trazabilidad.
¿Y si mi liquidación de IVA es mensual?
Los sujetos pasivos que liquidan el IVA mensualmente, como es el caso de las grandes empresas o aquellos acogidos al Régimen de Devolución Mensual del IVA (REDEME), están obligados a llevar los libros registro del IVA a través del Suministro Inmediato de Información (SII). Este sistema implica el envío electrónico de los registros de facturación a la AEAT en un plazo máximo de cuatro días hábiles desde la emisión o recepción de la factura.
Para estos contribuyentes, el SII sustituye la obligación de presentar los modelos 347, 340 y 390, ya que la información se suministra de forma inmediata y continua a la AEAT.
¿Hay que presentar los libros de IVA en algún sitio?
Con carácter general, los libros registro del IVA no se presentan periódicamente ante la AEAT. Sin embargo, deben estar disponibles y actualizados para su consulta en caso de inspección o requerimiento por parte de la Administración Tributaria.
En el caso de los contribuyentes acogidos al SII, la información de los libros registro se suministra electrónicamente a la AEAT de forma continua, cumpliendo así con la obligación de llevanza y presentación de los mismos.
Libros de IVA obligatorios
Libro registro de facturas expedidas
Este libro recoge todas las facturas y documentos sustitutivos emitidos por el sujeto pasivo en el ejercicio de su actividad. Cada anotación debe incluir, al menos:
- Número y, en su caso, serie de la factura.
- Fecha de expedición.
- Nombre y apellidos, razón social o denominación completa y Número de Identificación Fiscal (NIF) del destinatario.
- Base imponible de la operación.
- Tipo impositivo aplicado.
- Cuota tributaria.
- Si la operación está exenta, indicación de la norma que ampara la exención.
Libro registro de facturas recibidas
En este libro se registran todas las facturas y documentos justificativos de las operaciones cuyo destinatario sea el sujeto pasivo. Cada anotación debe contener, al menos:
- Número y, en su caso, serie de la factura.
- Fecha de expedición.
- Nombre y apellidos, razón social o denominación completa y NIF del proveedor.
- Base imponible de la operación.
- Tipo impositivo aplicado.
- Cuota tributaria.
- Fecha de realización de las operaciones, si es distinta a la de expedición de la factura.
Libro registro de bienes de inversión
Este libro es obligatorio para aquellos sujetos pasivos que adquieran bienes de inversión. Debe incluir, por cada bien:
- Descripción del bien.
- Fecha de adquisición.
- Valor de adquisición.
- Porcentaje de deducción aplicado.
- Deducción efectuada.
- Regularizaciones de deducciones, en su caso.
Libro registro de determinadas operaciones intracomunitarias
Este libro registra las operaciones intracomunitarias realizadas por el sujeto pasivo, como adquisiciones y entregas de bienes o servicios a otros Estados miembros de la Unión Europea. Cada anotación debe contener:
- Descripción de la operación.
- Fecha de la operación.
- Identificación del proveedor o cliente intracomunitario.
- Importe de la operación.
¿Cómo hacer los libros de IVA con Verifactus?
Para facilitar la llevanza de los libros registro del IVA y asegurar el cumplimiento de la normativa vigente, es recomendable utilizar un software de facturación adaptado a los requisitos legales. Verifactus es una solución de facturación online 100% adaptada a VeriFactu y a la normativa española, que te permite:
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- Mantener tus libros de IVA actualizados y accesibles.
- Garantizar la integridad y seguridad de tus registros.
- Cumplir con las obligaciones de remisión de información a la AEAT, en caso de estar acogido al SII.
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¿Quiénes están obligados a llevar los libros de IVA?
Todos los empresarios y profesionales sujetos al IVA están obligados a llevar los libros registro del IVA, salvo excepciones previstas en la normativa.
¿Es obligatorio llevar los libros de IVA en formato electrónico?
No es obligatorio, pero es altamente recomendable para facilitar su conservación, consulta y presentación ante la AEAT.
¿Qué ocurre si no llevo correctamente los libros de IVA?
El incumplimiento de la obligación de llevanza de los libros registro del IVA puede conllevar sanciones por parte de la AEAT.
¿Cómo puedo asegurarme de que mi software de facturación cumple con la normativa?
Utilizando soluciones como Verifactus, que están adaptadas a la normativa vigente y garantizan el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
¿Es necesario presentar los libros de IVA periódicamente?
No, pero deben estar disponibles y actualizados para su consulta en caso de inspección o requerimiento por parte de la AEAT.
¿Qué es el Suministro Inmediato de Información (SII)?
Es un sistema de llevanza de los libros registro del IVA a través de la sede electrónica de la AEAT, obligatorio para determinados contribuyentes.
¿Cómo afecta la Ley Antifraude a la llevanza de los libros de IVA?
La Ley Antifraude exige que los sistemas informáticos de facturación garanticen la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros.
¿Qué es VeriFactu?
VeriFactu es el sistema de verificación de facturas impulsado por la AEAT para garantizar la integridad y trazabilidad de las facturas emitidas.
¿Cuándo entra en vigor la obligación de utilizar sistemas adaptados a VeriFactu?
Para sociedades, la obligación entra en vigor el 1 de enero de 2027; para autónomos, el 1 de julio de 2027.
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