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El IVA y el IRPF en una factura: ¿cómo funcionan y cómo calcularlos?

Descubre cómo aplicar y calcular correctamente el IVA y el IRPF en tus facturas como autónomo en España en 2026.

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VeriFactus
26 de julio de 2026
El IVA y el IRPF en una factura: ¿cómo funcionan y cómo calcularlos?
Última actualización: 26 de julio de 2026. Este artículo refleja la normativa vigente tras el Real Decreto-ley 15/2025.

El IVA en las facturas: guía práctica

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¿Qué es y para qué sirve el IVA?

El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es un tributo indirecto que grava el consumo de bienes y servicios en España. Los autónomos actúan como intermediarios entre la Agencia Tributaria y el consumidor final, recaudando el IVA en sus facturas y posteriormente ingresándolo a Hacienda.

¿Cuándo se debe aplicar el IVA en una factura?

Como norma general, el IVA debe aplicarse en todas las facturas emitidas por autónomos por la venta de bienes o prestación de servicios, salvo en los siguientes casos:

  • Actividades exentas de IVA, como servicios médicos, educativos o financieros.
  • Operaciones intracomunitarias o exportaciones, que pueden estar sujetas a regímenes especiales.

¿Cómo funciona el IVA en las facturas?

Al emitir una factura, el autónomo debe añadir el IVA correspondiente al precio del servicio o producto. Los tipos de IVA vigentes en 2026 son:

  • 21% (general): Aplicable a la mayoría de bienes y servicios.
  • 10% (reducido): Para productos alimenticios, transporte de viajeros, hostelería, entre otros.
  • 4% (superreducido): Para productos de primera necesidad como pan, leche, libros, medicamentos, etc.

Es fundamental identificar correctamente el tipo de IVA aplicable a cada operación para cumplir con la normativa fiscal.

El IRPF en las facturas: guía práctica

¿Qué es y para qué sirve el IRPF?

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es un tributo directo que grava la renta obtenida por las personas físicas. En el caso de los autónomos, se aplica una retención de IRPF en las facturas emitidas a otros profesionales o empresas, funcionando como un adelanto del impuesto que se regulariza en la declaración anual de la renta.

¿Cuándo se debe aplicar el IRPF en una factura?

La retención de IRPF debe aplicarse en las facturas emitidas a:

  • Empresas o profesionales que actúen en el ejercicio de su actividad económica.

No se debe aplicar retención de IRPF en facturas dirigidas a particulares o en operaciones exentas de IVA sin actividad profesional.

¿Cómo funciona el IRPF en las facturas?

El porcentaje de retención de IRPF en 2026 es:

  • 15%: Tipo general aplicable a la mayoría de los autónomos.
  • 7%: Aplicable durante el año de alta y los dos siguientes para nuevos autónomos.

Al emitir la factura, el autónomo debe restar el importe de la retención del total a cobrar. El cliente está obligado a ingresar esa retención en Hacienda en nombre del autónomo mediante el modelo 111.

Ejemplos de facturas con/sin IVA e IRPF

Ejemplo de factura con IVA y sin IRPF

Supongamos que un autónomo emite una factura a un particular por un servicio de consultoría:

  • Base imponible: 1.000 €
  • IVA (21%): 210 €
  • Total a pagar: 1.210 €

En este caso, no se aplica retención de IRPF porque el destinatario es un particular.

Ejemplo de factura sin IVA y con IRPF

Un autónomo que presta servicios médicos exentos de IVA emite una factura a una empresa:

  • Base imponible: 1.000 €
  • IRPF (15%): -150 €
  • Total a pagar: 850 €

Aunque el servicio está exento de IVA, se aplica la retención de IRPF al facturar a una empresa.

Ejemplo de factura sin IVA ni IRPF

Un autónomo que realiza una actividad exenta de IVA y factura a un particular:

  • Base imponible: 1.000 €
  • Total a pagar: 1.000 €

En este caso, no se aplica ni IVA ni retención de IRPF.

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Preguntas frecuentes

¿Qué sucede si aplico incorrectamente el IVA o el IRPF en una factura?

Aplicar incorrectamente estos impuestos puede derivar en sanciones por parte de la Agencia Tributaria. Es fundamental conocer la normativa vigente y, en caso de duda, consultar con un asesor fiscal.

¿Puedo aplicar el tipo reducido de IVA en todos mis servicios?

No, el tipo reducido del 10% se aplica únicamente a ciertos bienes y servicios especificados por la ley, como productos alimenticios o transporte de viajeros. Es importante verificar si tu actividad se encuentra dentro de estas categorías.

¿Cómo declaro las retenciones de IRPF que aplico en mis facturas?

Las retenciones de IRPF aplicadas en tus facturas deben ser ingresadas por tus clientes a Hacienda mediante el modelo 111. Como autónomo, debes asegurarte de que tus clientes realicen este ingreso correctamente.

¿Es obligatorio emitir facturas electrónicas en 2026?

Sí, con la entrada en vigor de la Ley Crea y Crece, todos los autónomos que facturan a otras empresas o autónomos deben emitir facturas en formato electrónico verificable.

¿Qué es el recargo de equivalencia y cómo me afecta?

El recargo de equivalencia es un régimen especial de IVA aplicable a comerciantes minoristas que no realizan transformaciones en los productos que venden. En este régimen, el proveedor aplica un recargo adicional al IVA en sus facturas, y el comerciante no está obligado a presentar declaraciones de IVA.

¿Cómo afecta el IVA a las operaciones intracomunitarias?

En las operaciones intracomunitarias, el tratamiento del IVA varía según si el cliente es un particular o una empresa, y si está registrado en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios). Es recomendable consultar la normativa específica o asesorarse adecuadamente.

¿Qué sucede si no aplico la retención de IRPF cuando es obligatoria?

No aplicar la retención de IRPF cuando es obligatoria puede resultar en sanciones y en la obligación de regularizar la situación con la Agencia Tributaria. Es esencial conocer cuándo y cómo aplicar estas retenciones.

¿Puedo deducir el IVA de mis compras como autónomo?

Sí, puedes deducir el IVA soportado en tus compras siempre que estén relacionadas con tu actividad económica y dispongas de la factura correspondiente. Es importante llevar un registro adecuado de estas operaciones.

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Etiquetas:#IVA#IRPF#facturación autónomos#cálculo impuestos

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