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Guía completa sobre el Suministro Inmediato de Información (SII) del IVA

Descubre qué es el SII, cómo funciona, quiénes están obligados y cómo cumplir con esta normativa de la AEAT.

V
VeriFactus
12 de junio de 2026
Guía completa sobre el Suministro Inmediato de Información (SII) del IVA
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El Suministro Inmediato de Información (SII) es un sistema de gestión del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) implementado por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) que obliga a determinados contribuyentes a remitir electrónicamente los registros de facturación en un plazo máximo de cuatro días naturales desde la emisión o recepción de la factura. Este sistema, en vigor desde el 1 de julio de 2017, tiene como objetivo modernizar y agilizar la gestión del IVA mediante la digitalización y automatización de los procesos de facturación.

¿Quiénes están obligados a utilizar el SII?

El SII es de aplicación obligatoria para los siguientes sujetos pasivos del IVA que tienen un periodo de liquidación mensual:

  • Grandes empresas con una facturación anual superior a 6.010.121,04 euros.
  • Empresas inscritas en el Registro de Devolución Mensual del IVA (REDEME).
  • Grupos de IVA.
  • Desde el 1 de enero de 2025, los titulares de depósitos fiscales de gasolinas, gasóleos o biocarburantes incluidos en el ámbito del Impuesto sobre Hidrocarburos, así como los empresarios o profesionales que extraigan esos productos de los depósitos fiscales.

Además, cualquier otro contribuyente puede acogerse voluntariamente al SII, debiendo permanecer en el sistema durante el año natural para el que se opte.

¿Cómo funciona el SII?

El SII se basa en la llevanza de los libros registro del IVA a través de la Sede Electrónica de la AEAT, mediante el suministro electrónico de los registros de facturación. Los contribuyentes deben remitir la información de las facturas emitidas y recibidas en un plazo máximo de cuatro días naturales desde su emisión o recepción. Esta información se envía en formato XML a través de servicios web proporcionados por la AEAT.

Es importante destacar que no se envían las facturas en sí, sino los datos fiscales relevantes de las mismas, como número de factura, fecha, NIF del emisor y receptor, base imponible, tipo impositivo y cuota tributaria.

Plazos para el envío de la información al SII

Los plazos para remitir la información al SII son los siguientes:

  • Facturas emitidas: cuatro días naturales desde la fecha de expedición de la factura. Si la factura es expedida por el destinatario o un tercero autorizado, el plazo se amplía a ocho días naturales.
  • Facturas recibidas: cuatro días naturales desde la fecha en que se produzca el registro contable de la factura.
  • Operaciones intracomunitarias: cuatro días naturales desde el momento de inicio de la expedición o transporte, o en su caso, desde el momento de la recepción de los bienes.
  • Bienes de inversión: dentro del plazo de presentación del último periodo de liquidación del año (hasta el 30 de enero del año siguiente).

En todos los casos, si el último día del plazo coincide con un día inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

Información a incluir en el SII

Al remitir los registros de facturación al SII, se debe incluir la siguiente información:

  • Datos identificativos de la factura: número, serie y fecha de expedición.
  • Datos fiscales del emisor y receptor: NIF y nombre o razón social.
  • Descripción de las operaciones realizadas.
  • Base imponible de la operación.
  • Tipo impositivo aplicado y cuota tributaria resultante.
  • Indicación de si la operación está sujeta o exenta de IVA.
  • En el caso de facturas rectificativas, referencia a la factura original y motivo de la rectificación.

Beneficios del SII

La implementación del SII aporta diversos beneficios tanto para la Administración Tributaria como para los contribuyentes:

  • Reducción de obligaciones formales: los contribuyentes acogidos al SII no están obligados a presentar los modelos 347 (operaciones con terceras personas), 340 (declaración informativa de operaciones incluidas en los libros registro) y 390 (resumen anual del IVA).
  • Ampliación de plazos para la presentación de autoliquidaciones: se amplía el plazo de presentación de las autoliquidaciones periódicas del IVA hasta los primeros 30 días naturales del mes siguiente al periodo de liquidación.
  • Mejora en la gestión del IVA: al disponer de información en tiempo real, se facilita la detección de errores y se mejora el control tributario.
  • Facilidades en la elaboración de declaraciones: la AEAT proporciona datos fiscales que pueden ser utilizados para la confección de las autoliquidaciones, reduciendo la carga administrativa.

Sanciones por incumplimiento del SII

El incumplimiento de las obligaciones del SII puede conllevar sanciones económicas. Las principales infracciones y sus correspondientes sanciones son:

  • Inexactitud u omisión de operaciones en la contabilidad o en los registros: multa proporcional del 1% del importe de las operaciones no declaradas o declaradas incorrectamente.
  • Presentación fuera de plazo sin requerimiento previo de la Administración: multa proporcional del 0,5% del importe de las facturas no declaradas en plazo, con un mínimo trimestral de 300 euros y un máximo de 6.000 euros.
  • Presentación fuera de plazo con requerimiento previo de la Administración: multa proporcional del 1% del importe de las facturas no declaradas en plazo, con un mínimo trimestral de 600 euros y un máximo de 12.000 euros.

Preguntas frecuentes sobre el SII

¿Es obligatorio utilizar el SII para todas las empresas?

No, el SII es obligatorio para grandes empresas, empresas inscritas en el REDEME, grupos de IVA y, desde el 1 de enero de 2025, para titulares de depósitos fiscales de hidrocarburos y quienes extraigan productos de estos depósitos. Otras empresas pueden acogerse voluntariamente.

¿Cómo se envía la información al SII?

La información se envía electrónicamente a través de la Sede Electrónica de la AEAT, utilizando servicios web basados en el intercambio de mensajes XML o mediante la utilización de un formulario web.

¿Qué ocurre si envío la información fuera de plazo?

El envío fuera de plazo puede conllevar sanciones económicas que varían según si ha habido requerimiento previo de la Administración y el importe de las facturas no declaradas en plazo.

¿Puedo rectificar información enviada al SII?

Sí, es posible rectificar la información enviada al SII mediante el envío de registros de facturación rectificativos que anulen o modifiquen los datos previamente enviados.

¿Qué ventajas tiene acogerse voluntariamente al SII?

Acogerse voluntariamente al SII permite beneficiarse de la reducción de obligaciones formales, la ampliación de plazos para la presentación de autoliquidaciones y una mejor gestión del IVA.

¿Cómo afecta el SII a las facturas simplificadas?

Las facturas simplificadas también deben ser informadas en el SII. Es posible agruparlas en asientos resumen siempre que cumplan determinados requisitos.

¿Qué ocurre si mi empresa deja de cumplir los requisitos para estar obligada al SII?

Si una empresa deja de cumplir los requisitos que obligan al uso del SII, puede solicitar la baja del sistema presentando el modelo 036 en el mes de noviembre anterior al año en que desee que surta efecto la baja.

¿Es necesario conservar las facturas físicas si utilizo el SII?

Sí, aunque se envíen los registros de facturación al SII, es obligatorio conservar las facturas originales en formato físico o electrónico durante el plazo legalmente establecido.

Para facilitar el cumplimiento de las obligaciones del SII, es recomendable utilizar herramientas de facturación adaptadas a este sistema. Verifactus es una solución de facturación online 100% adaptada a VeriFactu y a la normativa española, que te permite gestionar tus facturas de manera sencilla y eficiente. Prueba Verifactus durante 15 días gratis sin necesidad de tarjeta de crédito.

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En resumen, el Suministro Inmediato de Información es una herramienta clave para la modernización de la gestión del IVA en España. Cumplir con sus requisitos es esencial para evitar sanciones y aprovechar los beneficios que ofrece. Utilizar soluciones como Verifactus facilita este proceso, asegurando el cumplimiento normativo y optimizando la gestión de tu negocio.

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Etiquetas:#SII#IVA#facturación electrónica

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