Devolución del exceso de cotización en pluriactividad: ¿qué es y cómo solicitarla en 2026?

Descubre qué es la pluriactividad, cómo funciona la devolución del exceso de cotización y cómo solicitarla en 2026.

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VeriFactus

12 de abril de 202615 min de lectura
Devolución del exceso de cotización en pluriactividad: ¿qué es y cómo solicitarla en 2026?

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Última actualización: 12 de abril de 2026. Este artículo refleja la normativa vigente tras el Real Decreto-ley 15/2025.

¿Qué es la pluriactividad de los autónomos?

La pluriactividad se refiere a la situación en la que una persona trabaja simultáneamente por cuenta ajena y por cuenta propia. Es decir, combina un empleo asalariado con una actividad como trabajador autónomo. Esta circunstancia implica que el trabajador cotiza en dos regímenes distintos de la Seguridad Social: el Régimen General y el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

¿Qué es la devolución de cotización en pluriactividad?

Cuando un trabajador en pluriactividad cotiza en ambos regímenes, puede ocurrir que la suma de sus cotizaciones por contingencias comunes supere el límite máximo establecido por la Seguridad Social. En estos casos, la normativa prevé la devolución de una parte del exceso de cotización.

Para el año 2026, si la suma de las cotizaciones por contingencias comunes en ambos regímenes supera los 17.323,68 euros, el trabajador tiene derecho a la devolución del 50% del exceso sobre dicho límite, con un tope máximo del 50% de las cuotas ingresadas en el RETA por contingencias comunes.

¿Qué autónomos tienen derecho a la devolución de cotización?

Para tener derecho a la devolución del exceso de cotización en pluriactividad en 2026, se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Estar dado de alta en el RETA y, simultáneamente, en el Régimen General de la Seguridad Social.
  • Haber cotizado por contingencias comunes en ambos regímenes durante el año 2026.
  • Que la suma de las cotizaciones por contingencias comunes en ambos regímenes supere los 17.323,68 euros.

Límites para recibir la devolución de cotización en 2026

El límite establecido para el año 2026 es de 17.323,68 euros. Si la suma de las cotizaciones por contingencias comunes en ambos regímenes supera esta cantidad, el trabajador tiene derecho a la devolución del 50% del exceso sobre dicho límite, con un tope máximo del 50% de las cuotas ingresadas en el RETA por contingencias comunes.

Exclusiones del derecho a devolución del exceso cotizado

No tendrán derecho a la devolución aquellos trabajadores que no cumplan con los requisitos mencionados anteriormente. Además, si la suma de las cotizaciones por contingencias comunes en ambos regímenes no supera el límite de 17.323,68 euros, no se generará derecho a devolución.

¿Cuándo se devuelve el exceso de cotización en pluriactividad?

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La devolución del exceso de cotización se realiza de oficio por la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) entre los meses de abril y junio del año siguiente al ejercicio cotizado. Por lo tanto, las cotizaciones correspondientes al año 2026 se devolverán entre abril y junio de 2027.

¿Cómo solicitar la devolución del exceso de cotización en 2026?

La devolución del exceso de cotización en pluriactividad se realiza de oficio por la TGSS, por lo que no es necesario presentar una solicitud. Sin embargo, es fundamental asegurarse de que los datos bancarios estén actualizados en la Seguridad Social para recibir el ingreso correctamente.

Para verificar o actualizar los datos bancarios, se puede acceder a la Sede Electrónica de la Seguridad Social o al portal Import@ss. Si, pasado el plazo establecido, no se ha recibido la devolución y se considera que se tiene derecho a ella, se recomienda contactar con la TGSS para resolver la incidencia.

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Preguntas frecuentes

¿Qué es la pluriactividad?

La pluriactividad es la situación en la que una persona trabaja simultáneamente por cuenta ajena y por cuenta propia, cotizando en dos regímenes distintos de la Seguridad Social.

¿Cómo se calcula la devolución del exceso de cotización en pluriactividad?

Si la suma de las cotizaciones por contingencias comunes en ambos regímenes supera el límite establecido (17.323,68 euros en 2026), se devuelve el 50% del exceso sobre dicho límite, con un tope máximo del 50% de las cuotas ingresadas en el RETA por contingencias comunes.

¿Es necesario solicitar la devolución del exceso de cotización?

No, la devolución se realiza de oficio por la Tesorería General de la Seguridad Social entre abril y junio del año siguiente al ejercicio cotizado.

¿Qué ocurre si no recibo la devolución en el plazo establecido?

Si no se recibe la devolución entre abril y junio del año siguiente al ejercicio cotizado, se recomienda verificar que los datos bancarios estén actualizados y contactar con la Tesorería General de la Seguridad Social para resolver la incidencia.

¿Cómo puedo actualizar mis datos bancarios en la Seguridad Social?

Se pueden actualizar los datos bancarios a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social o del portal Import@ss.

¿La devolución del exceso de cotización afecta a las prestaciones de la Seguridad Social?

No, la devolución del exceso de cotización no afecta a las prestaciones de la Seguridad Social a las que se tenga derecho.

¿Puedo recibir la devolución si he trabajado en pluriactividad solo parte del año?

Sí, siempre que la suma de las cotizaciones por contingencias comunes en ambos regímenes durante el período de pluriactividad supere el límite establecido.

¿La devolución del exceso de cotización es compatible con otras bonificaciones?

Sí, la devolución es compatible con otras bonificaciones y reducciones en la cotización que puedan corresponder al trabajador.

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Etiquetas:#pluriactividad#devolución cotización#autónomos#Seguridad Social#2026

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