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Bizum y Hacienda: qué cambia y cómo declararlo en 2026

Descubre las nuevas obligaciones fiscales relacionadas con Bizum a partir de 2026 y cómo afectan a autónomos y empresas.

V
VeriFactus
12 de agosto de 2026
Bizum y Hacienda: qué cambia y cómo declararlo en 2026
EN LA PRÁCTICA

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Bizum se ha consolidado como una herramienta de pago rápida y eficiente en España, facilitando transferencias instantáneas entre usuarios. Sin embargo, es fundamental distinguir entre su uso en transacciones entre particulares y aquellas relacionadas con actividades económicas.

Bizum entre particulares:

  • Uso personal: Transferencias para compartir gastos comunes, regalos o cualquier otra transacción sin ánimo de lucro.

  • No sujeto a declaración: Estas operaciones no requieren ser declaradas a Hacienda, ya que no constituyen ingresos sujetos a tributación.

Bizum en actividad económica:

  • Uso profesional: Pagos recibidos por la venta de bienes o prestación de servicios en el ejercicio de una actividad económica.

  • Obligación de declarar: Estos ingresos deben ser registrados y declarados, al igual que cualquier otro ingreso derivado de la actividad profesional.

¿Aplican los 10.000 € anuales entre particulares?

Existe una creencia errónea sobre un supuesto límite de 10.000 € anuales en transferencias entre particulares que, al ser superado, implicaría una obligación de declaración. Sin embargo, no hay un umbral específico para las transferencias entre particulares que determine la obligación de declararlas. Lo relevante es la naturaleza de la transacción: si no está vinculada a una actividad económica, no es necesario declararla, independientemente del monto.

Qué cambia con el RD 253/2025 (desde el 1 de enero de 2026)

El Real Decreto 253/2025, publicado en abril de 2025, introduce cambios significativos en las obligaciones informativas de las entidades financieras respecto a los pagos digitales, incluyendo Bizum. Estas modificaciones entraron en vigor el 1 de enero de 2026.

Fin del umbral de 3.000 € y control de transferencias

Anteriormente, las entidades financieras solo estaban obligadas a informar a la Agencia Tributaria sobre los cobros por Bizum y tarjeta cuando superaban los 3.000 € anuales por empresario o profesional. Con la entrada en vigor del RD 253/2025, este umbral desaparece. Ahora, los bancos deben informar mensualmente a la Agencia Tributaria de todos los cobros recibidos por autónomos y empresas a través de Bizum, independientemente del importe. Esta información incluye:

  • Identificación completa del empresario o profesional: Datos personales o de la empresa que recibe los pagos.

  • Número de comercio y terminales de venta: Información sobre los dispositivos o plataformas utilizadas para recibir los pagos.

  • Importe mensual facturado con Bizum: Suma total de los ingresos recibidos a través de esta plataforma en el mes correspondiente.

  • Identificación de las cuentas bancarias o de pago: Cuentas asociadas a la recepción de estos cobros.

Este cambio busca aumentar la transparencia y facilitar el control fiscal sobre los ingresos derivados de actividades económicas.

Empresas y autónomos: acceso mensual de la AEAT a operaciones

Con la nueva normativa, la Agencia Tributaria recibe mensualmente información detallada sobre los cobros por Bizum de empresas y autónomos. Esto permite a Hacienda cruzar datos de manera más eficiente y detectar posibles discrepancias entre los ingresos declarados y los realmente percibidos. Es fundamental que los profesionales y empresas mantengan un registro preciso de sus ingresos y se aseguren de que todos los cobros por Bizum estén debidamente facturados y declarados.

Cuándo tienes que declarar un Bizum

La obligación de declarar un Bizum depende de la naturaleza de la transacción:

  • Transacciones entre particulares: No requieren declaración, siempre que no estén relacionadas con una actividad económica.

  • Transacciones vinculadas a actividades económicas: Deben ser declaradas, ya que constituyen ingresos sujetos a tributación.

Señales de riesgo: patrones no habituales y recurrencia

Hacienda puede identificar patrones de riesgo que sugieran la existencia de ingresos no declarados, tales como:

  • Recurrencia de ingresos: Recepción frecuente de pagos por Bizum de diferentes personas.

  • Montos elevados: Transferencias de importes significativos que no se corresponden con la actividad habitual del receptor.

  • Conceptos ambiguos o genéricos: Uso de descripciones como "pago", "servicio" o "producto" sin especificar detalles.

Estos indicadores pueden motivar una revisión por parte de la Agencia Tributaria.

Cómo declarar (paso a paso si eres autónomo)

Para los autónomos, es esencial llevar un control riguroso de los ingresos recibidos por Bizum y asegurarse de su correcta declaración.

Factura y registro contable (libro de ingresos)

  1. Emisión de factura: Por cada pago recibido por Bizum relacionado con tu actividad económica, debes emitir una factura que cumpla con los requisitos legales.

  2. Registro en el libro de ingresos: Anota cada factura en tu libro de ingresos, indicando la fecha, número de factura, concepto e importe.

Modelos 303, 130, 390, 100, 111 y 190

  • Modelo 303 (IVA): Declaración trimestral del Impuesto sobre el Valor Añadido. Incluye el IVA repercutido en las facturas emitidas.

  • Modelo 130 (IRPF): Pago fraccionado trimestral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

  • Modelo 390: Resumen anual del IVA.

  • Modelo 100: Declaración anual del IRPF.

  • Modelo 111: Retenciones e ingresos a cuenta del IRPF.

  • Modelo 190: Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta.

Es fundamental que los ingresos por Bizum estén reflejados en estos modelos, según corresponda.

Sanciones y multas si no declaras

No declarar ingresos derivados de tu actividad económica puede acarrear sanciones significativas:

  • Infracción leve: Multa del 50% de la cuota defraudada.

  • Infracción grave: Multa del 50% al 100% de la cuota defraudada.

  • Infracción muy grave: Multa del 100% al 150% de la cuota defraudada.

  • Delito fiscal: Si la cuota defraudada supera los 120.000 €, puede considerarse delito fiscal, con penas de prisión de 1 a 5 años y multas de hasta seis veces la cantidad defraudada.

Buenas prácticas para evitar problemas

Para minimizar riesgos y asegurar el cumplimiento fiscal:

  • Conceptos claros en el Bizum: Indica en cada transferencia el motivo del pago de forma precisa.

  • Separar cuentas personales y profesionales: Utiliza cuentas bancarias diferentes para tus finanzas personales y las de tu actividad económica.

  • Utilizar herramientas de facturación adecuadas: Plataformas como Verifactus te permiten gestionar tus facturas de manera eficiente y cumplir con las obligaciones fiscales, ofreciendo 15 días de prueba gratuita sin necesidad de tarjeta.

Preguntas frecuentes

¿Debo declarar un Bizum de alquiler?

Sí, los ingresos por alquiler deben ser declarados como rendimientos del capital inmobiliario, independientemente del método de pago.

¿Puede Hacienda pedirme mis Bizum a amigos?

No, las transferencias entre particulares por motivos personales no están sujetas a declaración ni vigilancia por parte de Hacienda.

¿Desde cuándo aplica exactamente el cambio del RD 253/2025?

El Real Decreto 253/2025 entró en vigor el 1 de enero de 2026, y las entidades financieras comenzaron a remitir la información a la Agencia Tributaria a partir de febrero de 2026.

¿Qué información específica envían los bancos a Hacienda sobre mis Bizum?

Los bancos informan sobre la identificación del empresario o profesional, número de comercio y terminales de venta, importe mensual facturado con Bizum y las cuentas bancarias asociadas.

¿Los pagos por Bizum entre familiares están sujetos a declaración?

No, siempre que sean por motivos personales y no relacionados con una actividad económica.

¿Cómo afecta esta normativa a las pequeñas empresas que usan Bizum?

Las pequeñas empresas deben asegurarse de registrar y declarar todos los ingresos recibidos por Bizum, ya que Hacienda recibe información mensual sobre estos cobros.

¿Es obligatorio emitir factura por cada pago recibido por Bizum?

Sí, si el pago está relacionado con una actividad económica, es obligatorio emitir una factura que cumpla con los requisitos legales.

¿Qué ocurre si no declaro un ingreso recibido por Bizum?

No declarar ingresos puede resultar en sanciones económicas y, en casos graves, en responsabilidades penales.

¿Cómo puedo asegurarme de que estoy cumpliendo con mis obligaciones fiscales respecto a Bizum?

Utiliza herramientas de facturación como Verifactus para gestionar tus ingresos y declaraciones de manera eficiente, con 15 días de prueba gratuita sin necesidad de tarjeta.

¿Los pagos por Bizum están sujetos a IVA?

Sí, si corresponden a la venta de bienes o prestación de servicios sujetos a IVA, deben incluir el impuesto correspondiente.

¿Puedo utilizar Bizum para recibir pagos internacionales?

Bizum está diseñado principalmente para transferencias nacionales entre cuentas españolas. Para pagos internacionales, es recomendable utilizar otros métodos.

¿Cómo afecta esta normativa a los profesionales que trabajan por cuenta ajena?

Si los pagos por Bizum no están relacionados con una actividad económica propia, sino con sueldos o salarios, no se ven afectados por esta normativa.

Mantenerse informado y cumplir con las obligaciones fiscales es esencial para evitar sanciones y asegurar la correcta gestión de tu actividad económica. Herramientas como Verifactus te permiten gestionar tus facturas y declaraciones de manera eficiente, ofreciendo 15 días de prueba gratuita sin necesidad de tarjeta.

Etiquetas:#Bizum#Hacienda#autónomos#empresas#fiscalidad

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