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Modelo 420 de IGIC: Guía Completa para Descargar y Presentar en Canarias

Descubre qué es el Modelo 420 de IGIC, quiénes deben presentarlo, los plazos de presentación y cómo descargarlo y presentarlo correctamente en Canarias.

V
VeriFactus
5 de julio de 2026
Modelo 420 de IGIC: Guía Completa para Descargar y Presentar en Canarias
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El Modelo 420 de IGIC es la autoliquidación trimestral obligatoria para los autónomos y empresas que operan en Canarias. En este artículo, explicamos en detalle qué es el IGIC, en qué consiste el Modelo 420, quiénes están obligados a presentarlo, los plazos establecidos para su presentación y cómo descargarlo y presentarlo correctamente ante la Agencia Tributaria Canaria (ATC).

2. ¿Qué es el IGIC Canario?

El Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) es un tributo indirecto que grava el consumo de bienes y servicios en las Islas Canarias. Funciona de manera similar al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) aplicado en la península, pero con tipos impositivos generalmente más bajos. El IGIC se aplica a las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas en Canarias, así como a las importaciones en dicho territorio.

3. ¿Qué es el Modelo 420 de IGIC?

El Modelo 420 es el formulario utilizado para la autoliquidación trimestral del IGIC. A través de este modelo, los contribuyentes declaran la diferencia entre el IGIC repercutido en sus ventas y el IGIC soportado en sus compras, determinando así la cantidad a ingresar, compensar o solicitar a devolver. Es una herramienta esencial para el cumplimiento de las obligaciones fiscales en Canarias.

4. ¿Quién debe presentar el Modelo 420 en Canarias?

Están obligados a presentar el Modelo 420 los siguientes sujetos:

  • Autónomos y empresas que operan en régimen general del IGIC, salvo que estén obligados o hayan optado por el Suministro Inmediato de Información (SII).
  • Contribuyentes acogidos a los regímenes especiales de bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección, así como las agencias de viajes.

Es importante destacar que, incluso si no se han realizado operaciones durante el trimestre, se debe presentar el Modelo 420 indicando la ausencia de actividad.

5. ¿Cuándo presentar el Modelo 420?

El Modelo 420 tiene una periodicidad trimestral, y los plazos de presentación son los siguientes:

  • Primer Trimestre (enero-marzo): Del 1 al 20 de abril.
  • Segundo Trimestre (abril-junio): Del 1 al 20 de julio.
  • Tercer Trimestre (julio-septiembre): Del 1 al 20 de octubre.
  • Cuarto Trimestre (octubre-diciembre): Del 1 al 31 de enero del año siguiente.

Si el último día del plazo coincide con un día inhábil, el plazo se amplía hasta el siguiente día hábil. En el caso de presentaciones con domiciliación bancaria, el plazo se reduce a los primeros quince días del mes siguiente al periodo de liquidación, excepto en enero, que se extiende hasta el día 20.

6. ¿Qué información debe incluir el Modelo 420 del IGIC?

El Modelo 420 se estructura en varias secciones que deben ser cumplimentadas con precisión:

  • Datos identificativos: Información del contribuyente, como NIF, nombre o razón social y domicilio fiscal.
  • Devengo: Periodo al que corresponde la autoliquidación.
  • Liquidación:
    • IGIC devengado: Suma de las bases imponibles de las ventas o servicios prestados, agrupadas por tipo impositivo aplicable.
    • IGIC deducible: Suma del IGIC soportado en las compras y gastos deducibles relacionados con la actividad.
    • Resultado: Diferencia entre el IGIC devengado y el deducible, determinando si hay cantidad a ingresar, compensar o devolver.

Es fundamental revisar que todos los datos sean correctos y que las operaciones estén debidamente documentadas para evitar errores en la declaración.

7. ¿Cómo descargar y presentar el Modelo 420 IGIC?

La presentación del Modelo 420 se realiza, por regla general, de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria Canaria. A continuación, se detallan los pasos para su descarga y presentación:

  1. Acceso a la Sede Electrónica: Ingresa a la Sede Electrónica de la ATC y selecciona el trámite correspondiente al Modelo 420.
  2. Descarga del programa de ayuda: Descarga e instala el programa de ayuda proporcionado por la ATC para la cumplimentación del modelo.
  3. Cumplimentación del modelo: Rellena el formulario con la información requerida, asegurándote de que todos los datos sean correctos.
  4. Generación del fichero .dec: Una vez completado, el programa generará un fichero con extensión .dec que contiene la declaración.
  5. Presentación telemática: Accede nuevamente a la Sede Electrónica, selecciona la opción de presentación telemática y carga el fichero .dec generado.
  6. Firma y envío: Firma digitalmente la declaración y envíala. Recibirás un justificante de presentación que debes conservar.

Para la presentación telemática es necesario disponer de un certificado digital válido. En casos excepcionales, como personas físicas que desarrollen exclusivamente la actividad de arrendamiento de inmuebles con un volumen de operaciones inferior a 50.000 euros, se permite la presentación en papel.

8. Preguntas Frecuentes sobre el Modelo 420

¿Qué ocurre si presento el Modelo 420 fuera de plazo?

La presentación fuera de plazo puede conllevar recargos e intereses de demora. Si la presentación se realiza sin requerimiento previo, se aplicará un recargo del 1% más un 1% adicional por cada mes completo de retraso, hasta un máximo del 15%. Si el retraso supera los 12 meses, además del recargo del 15%, se aplicarán intereses de demora.

¿Puedo rectificar una declaración ya presentada?

Sí, si detectas un error en una declaración ya presentada, puedes corregirlo presentando una declaración complementaria si el error implica una mayor cuota a ingresar, o una solicitud de rectificación si el error resulta a tu favor.

¿Qué documentación debo conservar tras presentar el Modelo 420?

Debes conservar el justificante de presentación, así como todas las facturas y documentos que respalden las operaciones declaradas, durante el plazo de prescripción de cuatro años.

¿Es obligatorio presentar el Modelo 420 si no he tenido actividad en el trimestre?

Sí, incluso si no has realizado operaciones durante el trimestre, estás obligado a presentar el Modelo 420 indicando la ausencia de actividad.

¿Qué sucede si el resultado de la autoliquidación es negativo?

Si el resultado es negativo, puedes optar por compensar el saldo en futuras autoliquidaciones o solicitar la devolución, según corresponda.

¿Puedo delegar la presentación del Modelo 420 en un tercero?

Sí, puedes autorizar a un tercero, como un asesor fiscal, para que presente el Modelo 420 en tu nombre, siempre que cuente con la debida autorización y certificado digital.

¿Qué tipos impositivos se aplican en el IGIC?

El IGIC cuenta con varios tipos impositivos: general (7%), reducido (3%), incrementado (9,5%), especial incrementado (15%) y cero (0%). La aplicación de cada tipo depende del bien o servicio en cuestión.

¿Dónde puedo obtener más información sobre el Modelo 420?

Puedes consultar la página oficial de la Agencia Tributaria Canaria o contactar con su servicio de atención al contribuyente para resolver dudas específicas.

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Etiquetas:#IGIC#Modelo 420#Canarias#autónomos#empresas

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