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Modelo 347: qué es, para qué sirve y cuándo presentarlo

Descubre todo sobre el Modelo 347: su definición, utilidad, obligaciones, exenciones, plazos de presentación y cómo cumplir con esta declaración informativa anual.

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VeriFactus
29 de septiembre de 2026
Modelo 347: qué es, para qué sirve y cuándo presentarlo
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El Modelo 347 es una declaración informativa anual que deben presentar autónomos y empresas para informar a la Agencia Tributaria sobre las operaciones realizadas con terceros que superen los 3.005,06 euros durante el año natural anterior. Esta declaración permite a Hacienda cruzar datos y detectar posibles discrepancias entre las declaraciones de diferentes contribuyentes.

¿Para qué sirve el Modelo 347?

La finalidad principal del Modelo 347 es proporcionar a la Agencia Tributaria información detallada sobre las operaciones económicas significativas entre contribuyentes. Esto facilita la detección de posibles fraudes fiscales y asegura que todas las partes involucradas declaren correctamente sus transacciones.

¿Quién está obligado a presentar el Modelo 347?

Están obligados a presentar el Modelo 347:

  • Personas físicas (autónomos) y jurídicas (empresas) que, en el desarrollo de su actividad empresarial o profesional, hayan realizado operaciones con terceros que, en su conjunto, superen los 3.005,06 euros durante el año natural.
  • Entidades públicas y privadas, así como asociaciones y demás entidades sin personalidad jurídica, que realicen actividades empresariales o profesionales.

¿Quién está exento de presentar el Modelo 347?

Están exentos de presentar el Modelo 347:

  • Personas físicas o entidades en régimen de atribución de rentas en el IRPF que tributen en estimación objetiva y, simultáneamente, en el régimen simplificado del IVA, o en los regímenes especiales de la agricultura, ganadería y pesca, o del recargo de equivalencia, salvo por las operaciones excluidas de estos regímenes o por las que emitan factura.
  • Quienes no hayan realizado operaciones que, en su conjunto, superen los 3.005,06 euros durante el año natural.
  • Quienes realicen exclusivamente operaciones no sujetas al deber de declaración según el artículo 33.2 del Real Decreto 1065/2007.
  • Quienes estén obligados a informar sobre las operaciones en los libros registro del IVA mediante el Suministro Inmediato de Información (SII).
  • Personas o entidades que no tengan en España su domicilio fiscal, establecimiento permanente o sede de actividad.

¿Cuándo se presenta el Modelo 347?

El Modelo 347 se presenta anualmente durante el mes de febrero, en relación con las operaciones realizadas en el año natural anterior. Por ejemplo, las operaciones de 2025 se declararán entre el 1 y el 28 de febrero de 2026.

Formas de presentación del Modelo 347

La presentación del Modelo 347 se realiza de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Para ello, es necesario disponer de un certificado digital, DNI electrónico o estar registrado en el sistema Cl@ve PIN.

¿Cómo presentar el Modelo 347?

Para presentar el Modelo 347, sigue estos pasos:

  1. Accede a la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
  2. Identifícate con tu certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN.
  3. Selecciona el trámite correspondiente al Modelo 347.
  4. Rellena el formulario con la información requerida sobre las operaciones realizadas con terceros que superen el umbral establecido.
  5. Revisa y valida la información antes de enviar la declaración.
  6. Envía la declaración y guarda el justificante de presentación.

Sanción por no presentar el Modelo 347

No presentar el Modelo 347 o hacerlo fuera de plazo puede conllevar sanciones económicas. La multa mínima es de 300 euros y puede incrementarse en función del número de datos omitidos o incorrectos, llegando hasta 20.000 euros en casos graves.

¿Cómo modificar el Modelo 347 presentado?

Si detectas errores en un Modelo 347 ya presentado, puedes presentar una declaración complementaria o sustitutiva:

  • Declaración complementaria: para añadir operaciones no incluidas en la declaración original.
  • Declaración sustitutiva: para corregir errores o modificar datos de una declaración anterior.

Ambas se presentan siguiendo el mismo procedimiento que la declaración original, indicando en el formulario que se trata de una declaración complementaria o sustitutiva.

Preguntas frecuentes sobre el Modelo 347

¿Las operaciones a incluir son con o sin IVA?

Las operaciones se declaran con el importe total, incluyendo el IVA.

¿En qué formato se presenta el Modelo 347?

Se presenta de forma telemática a través de la Sede Electrónica ... .

¿Cómo se paga el Modelo 347?

El Modelo 347 es una declaración informativa y no implica ningún pago.

Si no tengo operaciones de 3.005, ... €, ¿tengo que presentar el modelo?

No, solo están obligados a presentarlo quienes superen ese umbral en operaciones con un mismo tercero.

¿Y si resido en Canarias?

El Modelo 347 también es aplicable en Canarias, incluyendo el IGIC en lugar del IVA.

¿Las comunidades de propietarios tienen que presentar el Modelo 347?

Sí, si realizan operaciones que superen el umbral establecido.

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Etiquetas:#modelo 347#declaración informativa#obligaciones fiscales

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