15 min restantes
Adaptado a VeriFactu · RD-ley 15/202515 min · Normativa

Modelo 190 AEAT: Guía Completa para Autónomos y Empresas

Descubre qué es el Modelo 190, su finalidad, quiénes están obligados a presentarlo, plazos y formas de presentación, y resuelve tus dudas frecuentes.

V
VeriFactus
6 de julio de 2026
Modelo 190 AEAT: Guía Completa para Autónomos y Empresas
Última actualización: 6 de julio de 2026. Este artículo refleja la normativa vigente tras el Real Decreto-ley 15/2025.

¿Qué es el Modelo 190?

EN LA PRÁCTICA

¿Cómo cambia tu día a día con Verifactus?

SIN VERIFACTUS
Tiempo por factura~ 8 minutos
Riesgo de saltos en serieAlto · Excel manual
Envío a la AEATTrimestral, manual
Multa por incumplimientoHasta 50.000 €
Soporte si hay errorTu gestor
CON VERIFACTUS
Tiempo por factura~ 45 segundos
Riesgo de saltos en serieCero · automático
Envío a la AEATEn tiempo real
Multa por incumplimiento0 €
Soporte si hay errorAsistencia 9-21h
Migra tu numeración actual en 5 minutos. Sin perder histórico.Empezar gratis

El Modelo 190 es una declaración informativa anual que deben presentar las personas físicas y jurídicas que hayan practicado retenciones o ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) durante el ejercicio fiscal. Este modelo actúa como un resumen de las retenciones declaradas trimestralmente mediante el Modelo 111, detallando individualmente cada perceptor y las cantidades retenidas.

¿Para qué sirve el Modelo 190?

La finalidad principal del Modelo 190 es proporcionar a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) un resumen detallado de las retenciones e ingresos a cuenta practicados durante el año. Esto permite a la AEAT:

  • Verificar la correcta aplicación de las retenciones e ingresos a cuenta.
  • Cruzar la información con las declaraciones de los perceptores para asegurar la coherencia de los datos fiscales.
  • Detectar posibles discrepancias o errores en las declaraciones presentadas.

¿Quién está obligado a presentar el Modelo 190?

Están obligados a presentar el Modelo 190 todas las personas físicas, jurídicas y demás entidades que, durante el ejercicio fiscal, hayan practicado retenciones o ingresos a cuenta del IRPF. Esto incluye, entre otros:

  • Empresas con empleados en plantilla.
  • Autónomos que hayan contratado trabajadores.
  • Entidades que hayan pagado honorarios a profesionales sujetos a retención.
  • Pagadores de premios sujetos a retención.

Es importante destacar que la obligación de presentar el Modelo 190 se mantiene incluso si no se han practicado retenciones en algún trimestre, siempre que en algún momento del ejercicio se haya estado obligado a retener.

Plazo para presentar el Modelo 190

El plazo de presentación del Modelo 190 es del 1 al 31 de enero del año siguiente al ejercicio fiscal al que se refiere la declaración. Por ejemplo, para el ejercicio 2025, el plazo de presentación es del 1 al 31 de enero de 2026. Si el último día del plazo coincide con un día inhábil, se extiende al siguiente día hábil.

Formas de presentación del Modelo 190

La presentación del Modelo 190 se realiza de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Existen dos métodos principales:

  • Formulario web: Adecuado para declaraciones con hasta 40.000 registros. Permite la cumplimentación, validación y presentación en línea.
  • Presentación mediante fichero: Recomendado para declaraciones con un gran número de registros. Se debe generar un fichero con el formato especificado por la AEAT y subirlo a través de la Sede Electrónica.

Para ambas formas de presentación, es necesario disponer de un certificado electrónico válido, DNI electrónico o Cl@ve PIN.

Preguntas frecuentes sobre el Modelo 190

¿Cuál es la sanción por presentar el Modelo 190 fuera de plazo?

La presentación fuera de plazo del Modelo 190 puede conllevar sanciones económicas. Según la Ley General Tributaria, la sanción mínima por presentación extemporánea sin requerimiento previo es de 200 euros. Si la presentación se realiza tras un requerimiento de la AEAT, la sanción puede incrementarse.

¿Cuándo se paga el Modelo 190?

El Modelo 190 es una declaración informativa y no conlleva pago alguno. Las retenciones e ingresos a cuenta se ingresan trimestralmente mediante el Modelo 111. El Modelo 190 simplemente resume y detalla las retenciones practicadas durante el año.

¿A qué fecha se hace el Modelo 190?

El Modelo 190 se presenta anualmente, entre el 1 y el 31 de enero, y recoge la información de las retenciones e ingresos a cuenta practicados durante el ejercicio fiscal anterior.

¿Cuál es el Modelo 190?

El Modelo 190 es la declaración informativa anual que resume las retenciones e ingresos a cuenta del IRPF practicados sobre rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales durante el año fiscal.

Para facilitar la gestión y presentación del Modelo 190, es recomendable utilizar herramientas especializadas que aseguren el cumplimiento de la normativa vigente y simplifiquen el proceso. Verifactus ofrece una solución integral adaptada a las necesidades de autónomos y pymes, permitiendo una gestión eficiente de las obligaciones fiscales. Prueba Verifactus durante 15 días de forma gratuita y sin necesidad de tarjeta de crédito.

Simplifica tu gestión fiscal con Verifactus

Prueba Verifactus durante 15 días gratis y sin necesidad de tarjeta de crédito.

Regístrate ahora →

Recuerda que mantener una correcta gestión de tus obligaciones fiscales es esencial para evitar sanciones y asegurar el buen funcionamiento de tu actividad económica. Con herramientas como Verifactus, puedes automatizar y simplificar estos procesos, garantizando el cumplimiento de la normativa vigente.

Optimiza tu facturación con Verifactus

Gestiona tus facturas y declaraciones fiscales de manera eficiente. 15 días gratis, sin tarjeta.

Comienza ahora →
Etiquetas:#modelo 190#AEAT#retenciones IRPF

Sigue leyendo

Ver todo →