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Intereses de demora en la RENTA: ¿qué autónomos deben incluirlos y cómo tributan?

Descubre cómo los autónomos deben declarar y tributar los intereses de demora en su declaración de la RENTA, según la normativa vigente.

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VeriFactus
18 de agosto de 2026
Intereses de demora en la RENTA: ¿qué autónomos deben incluirlos y cómo tributan?
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En este artículo, abordamos en detalle la naturaleza de los intereses de demora, su aplicación en el ámbito fiscal y cómo afectan a los autónomos en España. Analizaremos los cambios recientes en su tributación, quiénes están obligados a incluirlos en su declaración de la RENTA y desde cuándo es obligatorio hacerlo. Además, explicaremos los impuestos que deben pagar los autónomos por estos intereses y cómo gestionarlos adecuadamente.

¿Qué son los intereses de demora y cuándo se aplican?

Los intereses de demora son cantidades que la Administración Tributaria exige a los contribuyentes cuando se produce un pago fuera de plazo o se presenta una autoliquidación o declaración fuera del plazo establecido. Estos intereses compensan el retraso en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y se calculan desde el día siguiente al vencimiento del plazo hasta la fecha en que se realiza el pago o se presenta la declaración correspondiente.

Según el artículo 26 de la Ley General Tributaria, los intereses de demora se aplican en los siguientes supuestos:

  • Cuando finaliza el plazo establecido para el pago en período voluntario de una deuda resultante de una liquidación practicada por la Administración o del importe de una sanción, sin que el ingreso se haya efectuado.
  • Cuando finaliza el plazo establecido para la presentación de una autoliquidación o declaración sin que haya sido presentada o haya sido presentada incorrectamente.

Es importante destacar que la exigencia de estos intereses no requiere una previa intimación por parte de la Administración ni la concurrencia de un retraso culpable por parte del obligado tributario.

¿Cómo ha cambiado la tributación de los intereses de demora?

La tributación de los intereses de demora ha experimentado cambios significativos en los últimos años. Anteriormente, existía cierta controversia sobre si estos intereses debían considerarse como ganancias patrimoniales sujetas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Sin embargo, recientes pronunciamientos del Tribunal Supremo han clarificado esta cuestión.

En la sentencia n.º 1091/2023, de 24 de julio, el Tribunal Supremo estableció que los intereses de demora abonados por la Agencia Tributaria al efectuar una devolución de ingresos indebidos están sujetos al IRPF y constituyen una ganancia patrimonial que se integra en la base imponible general. Esto significa que los contribuyentes deben declarar estos intereses en su declaración de la RENTA y tributar por ellos según el tipo impositivo correspondiente.

Por otro lado, en relación con los intereses de demora que los autónomos pagan a Hacienda por retrasos en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, el Tribunal Supremo ha determinado que estos intereses tienen la consideración de gasto fiscalmente deducible en el IRPF. Esto permite a los autónomos restar estos intereses de sus ingresos, reduciendo así la base imponible y, en consecuencia, la cuota a pagar.

¿Qué autónomos están obligados a incluir los intereses de demora en la RENTA?

Todos los autónomos que hayan recibido intereses de demora por parte de la Agencia Tributaria están obligados a incluirlos en su declaración de la RENTA. Esto incluye a aquellos que hayan obtenido devoluciones de ingresos indebidos acompañadas de intereses de demora. Estos intereses deben declararse como ganancias patrimoniales y tributar en la base imponible general del IRPF.

Además, los autónomos que hayan pagado intereses de demora a Hacienda por retrasos en el pago de impuestos o cuotas de autónomos pueden deducir estos intereses como gasto en su declaración de la RENTA. Esta deducción es aplicable a todos los autónomos que desarrollen una actividad económica y hayan incurrido en este tipo de gastos.

¿A partir de cuándo hay que tributar por los intereses de demora?

La obligación de tributar por los intereses de demora abonados por la Agencia Tributaria se aplica a todas las devoluciones de ingresos indebidos que incluyan estos intereses y que se hayan realizado a partir de la fecha de la sentencia del Tribunal Supremo n.º 1091/2023, de 24 de julio. Por lo tanto, los autónomos deben incluir estos intereses en su declaración de la RENTA correspondiente al ejercicio fiscal en el que se hayan percibido.

En cuanto a la deducción de los intereses de demora pagados a Hacienda, los autónomos pueden aplicarla en las declaraciones de la RENTA de los ejercicios fiscales no prescritos, es decir, generalmente los últimos cuatro años. Esto significa que, si un autónomo pagó intereses de demora en 2022, puede deducirlos en la declaración de la RENTA de 2023, siempre que no haya prescrito el derecho a hacerlo.

¿Qué impuestos deben pagar los autónomos por los intereses de demora?

Los autónomos deben considerar los siguientes aspectos en relación con los intereses de demora:

  • Intereses de demora recibidos de Hacienda: Estos intereses se consideran ganancias patrimoniales y deben incluirse en la base imponible general del IRPF. La tributación se realizará según el tipo impositivo correspondiente a la base general, que varía en función de los ingresos totales del contribuyente.
  • Intereses de demora pagados a Hacienda: Estos intereses tienen la consideración de gasto deducible en el IRPF. Los autónomos pueden restar estos intereses de sus ingresos, reduciendo así la base imponible y, en consecuencia, la cuota a pagar.

Es fundamental que los autónomos lleven un registro detallado de los intereses de demora pagados y recibidos, así como de las fechas y conceptos asociados, para cumplir adecuadamente con sus obligaciones fiscales y aprovechar las deducciones disponibles.

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Preguntas frecuentes

¿Qué son los intereses de demora?

Los intereses de demora son cantidades que la Administración Tributaria exige a los contribuyentes cuando se produce un pago fuera de plazo o se presenta una autoliquidación o declaración fuera del plazo establecido.

¿Cómo se calculan los intereses de demora?

Los intereses de demora se calculan desde el día siguiente al vencimiento del plazo hasta la fecha en que se realiza el pago o se presenta la declaración correspondiente, aplicando el tipo de interés de demora vigente en cada período.

¿Debo incluir los intereses de demora recibidos en mi declaración de la RENTA?

Sí, los intereses de demora recibidos de la Agencia Tributaria deben incluirse en la declaración de la RENTA como ganancias patrimoniales y tributar en la base imponible general del IRPF.

¿Puedo deducir los intereses de demora que he pagado a Hacienda?

Sí, los intereses de demora pagados a Hacienda tienen la consideración de gasto deducible en el IRPF y pueden restarse de los ingresos en la declaración de la RENTA.

¿Desde cuándo es obligatorio tributar por los intereses de demora recibidos?

La obligación de tributar por los intereses de demora recibidos se aplica a todas las devoluciones de ingresos indebidos que incluyan estos intereses y que se hayan realizado a partir de la sentencia del Tribunal Supremo n.º 1091/2023, de 24 de julio.

¿Cómo debo declarar los intereses de demora en la RENTA?

Los intereses de demora recibidos deben declararse como ganancias patrimoniales en la base imponible general del IRPF. Los intereses de demora pagados pueden deducirse como gasto en la declaración de la RENTA.

¿Qué tipo impositivo se aplica a los intereses de demora recibidos?

Los intereses de demora recibidos tributan según el tipo impositivo correspondiente a la base imponible general del IRPF, que varía en función de los ingresos totales del contribuyente.

¿Puedo deducir los intereses de demora pagados en ejercicios fiscales anteriores?

Sí, los autónomos pueden deducir los intereses de demora pagados en los ejercicios fiscales no prescritos, generalmente los últimos cuatro años.

¿Cómo puedo gestionar adecuadamente los intereses de demora en mi contabilidad?

Es fundamental llevar un registro detallado de los intereses de demora pagados y recibidos, así como de las fechas y conceptos asociados, para cumplir adecuadamente con las obligaciones fiscales y aprovechar las deducciones disponibles.

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Etiquetas:#intereses de demora#IRPF#autónomos#tributación

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