Impuestos trimestrales para autónomos 2026
Como autónomo en España, es fundamental conocer y cumplir con las obligaciones fiscales trimestrales para evitar sanciones y mantener tu actividad en regla. A continuación, detallamos los principales modelos que debes presentar en 2026.
El modelo 303 de IVA
El modelo 303 es la autoliquidación trimestral del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Debes presentarlo si realizas actividades sujetas a este impuesto, declarando tanto el IVA repercutido en tus ventas como el soportado en tus compras.
- Plazos de presentación en 2026:
- 1er trimestre: hasta el 20 de abril.
- 2º trimestre: hasta el 20 de julio.
- 3er trimestre: hasta el 20 de octubre.
- 4º trimestre: hasta el 30 de enero de 2027.
Es esencial llevar un registro detallado de tus facturas emitidas y recibidas para calcular correctamente el IVA a declarar.
El modelo 130 IRPF
El modelo 130 es el pago fraccionado del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para autónomos que tributan en estimación directa. A través de este modelo, adelantas parte del IRPF correspondiente al ejercicio fiscal en curso.
- Plazos de presentación en 2026:
- 1er trimestre: hasta el 20 de abril.
- 2º trimestre: hasta el 20 de julio.
- 3er trimestre: hasta el 20 de octubre.
- 4º trimestre: hasta el 30 de enero de 2027.
Debes presentar este modelo si más del 70% de tus ingresos no están sujetos a retención.
El modelo 131 IRPF
El modelo 131 es similar al modelo 130, pero destinado a autónomos que tributan en estimación objetiva, también conocido como régimen de módulos. Este modelo permite realizar pagos fraccionados del IRPF de forma trimestral.
- Plazos de presentación en 2026:
- 1er trimestre: hasta el 20 de abril.
- 2º trimestre: hasta el 20 de julio.
- 3er trimestre: hasta el 20 de octubre.
- 4º trimestre: hasta el 30 de enero de 2027.
Es importante verificar si cumples los requisitos para tributar en este régimen y presentar el modelo correspondiente.
El modelo 111
El modelo 111 se utiliza para declarar e ingresar las retenciones practicadas a trabajadores, profesionales o empresarios. Si has contratado empleados o has pagado facturas a profesionales con retención, debes presentar este modelo.
- Plazos de presentación en 2026:
- 1er trimestre: hasta el 20 de abril.
- 2º trimestre: hasta el 20 de julio.
- 3er trimestre: hasta el 20 de octubre.
- 4º trimestre: hasta el 20 de enero de 2027.
Recuerda que es tu responsabilidad ingresar las retenciones practicadas en los plazos establecidos.
El modelo 115
El modelo 115 es la declaración trimestral de retenciones por alquileres de inmuebles urbanos. Si pagas el alquiler de un local u oficina y estás obligado a practicar retención al arrendador, debes presentar este modelo.
- Plazos de presentación en 2026:
- 1er trimestre: hasta el 20 de abril.
- 2º trimestre: hasta el 20 de julio.
- 3er trimestre: hasta el 20 de octubre.
- 4º trimestre: hasta el 20 de enero de 2027.
Asegúrate de aplicar correctamente la retención y de declararla en tiempo y forma.
El modelo 349
El modelo 349 es una declaración informativa de operaciones intracomunitarias. Si realizas compras o ventas de bienes o servicios con empresas de otros países de la Unión Europea, debes presentar este modelo.
- Plazos de presentación en 2026:
- Mensual: hasta el 20 del mes siguiente al periodo de referencia.
- Trimestral: hasta el 20 de abril, 20 de julio, 20 de octubre y 30 de enero de 2027, según corresponda.
La periodicidad de presentación depende del volumen de operaciones realizadas.
Declaraciones anuales para autónomos 2026
Además de las obligaciones trimestrales, existen modelos de presentación anual que consolidan la información fiscal del ejercicio. A continuación, se detallan los principales modelos anuales para 2026.
El modelo 100
El modelo 100 es la declaración anual del IRPF. Como autónomo, debes presentar este modelo declarando todos tus ingresos y gastos del año fiscal, determinando así la cuota íntegra a pagar o la devolución a recibir.
- Plazo de presentación en 2026: del 1 de abril al 30 de junio.
Es fundamental revisar y cuadrar toda la información presentada en los modelos trimestrales para evitar discrepancias.
El modelo 390
El modelo 390 es el resumen anual del IVA. Este modelo recopila toda la información de las autoliquidaciones trimestrales del IVA presentadas durante el año.
- Plazo de presentación en 2026: hasta el 30 de enero de 2027.
Este modelo es informativo y no implica pago, pero su presentación es obligatoria para la mayoría de los autónomos.
El modelo 190
El modelo 190 es el resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF practicadas a trabajadores y profesionales. Si has presentado el modelo 111 trimestralmente, debes presentar este resumen anual.
- Plazo de presentación en 2026: hasta el 31 de enero.
Este modelo consolida toda la información de las retenciones practicadas durante el año.
El modelo 180
El modelo 180 es el resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta por arrendamientos de inmuebles urbanos. Si has presentado el modelo 115 trimestralmente, debes presentar este resumen anual.
- Plazo de presentación en 2026: hasta el 31 de enero.
Este modelo recoge toda la información de las retenciones practicadas por alquileres durante el año.
El modelo 347
El modelo 347 es una declaración informativa de operaciones con terceros. Debes presentarlo si has realizado operaciones con un mismo cliente o proveedor que, en su conjunto, superen los 3.005,06 euros en el año.
- Plazo de presentación en 2026: hasta el 28 de febrero.
Es importante llevar un control detallado de las operaciones para cumplir con esta obligación.
Tablas resumen de los impuestos para autónomos en 2026
A continuación, se presentan tablas resumen con los principales modelos fiscales que los autónomos deben presentar en 2026, junto con sus plazos de presentación.
| Modelo | Descripción | Periodicidad | Plazo de presentación |
|---|---|---|---|
| 303 | Autoliquidación del IVA | Trimestral | Hasta el 20 de abril, 20 de julio, 20 de octubre y 30 de enero de 2027 |
| 130 | Pago fraccionado del IRPF (estimación directa) | Trimestral | Hasta el 20 de abril, 20 de julio, 20 de octubre y 30 de enero de 2027 |
| 131 | Pago fraccionado del IRPF (estimación objetiva) | Trimestral | Hasta el 20 de abril, 20 de julio, 20 de octubre y 30 de enero de 2027 |
| 111 | Retenciones e ingresos a cuenta del IRPF | Trimestral | Hasta el 20 de abril, 20 de julio, 20 de octubre y 20 de enero de 2027 |
| 115 | Retenciones por arrendamientos de inmuebles urbanos | Trimestral | Hasta el 20 de abril, 20 de julio, 20 de octubre y 20 de enero de 2027 |
| 349 | Declaración de operaciones intracomunitarias | Mensual o trimestral | Hasta el 20 del mes siguiente o hasta el 20 de abril, 20 de julio, 20 de octubre y 30 de enero de 2027 |
| 100 | Declaración anual del IRPF | Anual | Del 1 de abril al 30 de junio |
| 390 | Resumen anual del IVA | Anual | Hasta el 30 de enero de 2027 |
| 190 | Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF | Anual | Hasta el 31 de enero |
| 180 | Resumen anual de retenciones por arrendamientos | Anual | Hasta el 31 de enero |
| 347 | Declaración de operaciones con terceros | Anual | Hasta el 28 de febrero |
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¿Qué sucede si no presento un modelo en el plazo establecido?
No presentar un modelo en el plazo establecido puede conllevar sanciones y recargos por parte de la Agencia Tributaria. Es fundamental cumplir con los plazos para evitar penalizaciones.
¿Puedo presentar los modelos de forma telemática?
Sí, la Agencia Tributaria permite y fomenta la presentación telemática de los modelos fiscales a través de su sede electrónica.
¿Es obligatorio presentar el modelo 349 si solo realizo operaciones intracomunitarias esporádicas?
Sí, aunque las operaciones sean esporádicas, si realizas operaciones intracomunitarias estás obligado a presentar el modelo 349 en el periodo correspondiente.
¿Cómo puedo saber si debo presentar el modelo 347?
Debes presentar el modelo 347 si has realizado operaciones con un mismo cliente o proveedor que, en su conjunto, superen los 3.005,06 euros en el año natural.
¿Qué ocurre si cometo un error en la presentación de un modelo?
Si detectas un error tras la presentación, debes presentar una declaración complementaria o sustitutiva para corregirlo. Es recomendable hacerlo lo antes posible para minimizar posibles sanciones.
¿Puedo delegar la presentación de mis modelos fiscales en un asesor?
Sí, puedes autorizar a un asesor o gestor para que presente tus modelos fiscales en tu nombre. Es importante asegurarte de que el profesional esté debidamente acreditado.
¿Qué documentación debo conservar tras presentar los modelos?
Debes conservar todas las facturas emitidas y recibidas, justificantes de pagos y cualquier otra documentación que respalde la información declarada, durante al menos cuatro años.
¿Cómo afecta la facturación electrónica a la presentación de modelos fiscales?
La facturación electrónica facilita la gestión y presentación de modelos fiscales al automatizar el registro y almacenamiento de las facturas, asegurando su integridad y disponibilidad.
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