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Guía completa para rellenar el modelo 190 casilla por casilla

Descubre cómo cumplimentar el modelo 190 paso a paso, asegurando el cumplimiento de tus obligaciones fiscales de forma precisa y eficiente.

V
VeriFactus
30 de septiembre de 2026
Guía completa para rellenar el modelo 190 casilla por casilla
EN LA PRÁCTICA

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El modelo 190 es una declaración informativa anual que deben presentar empresas y autónomos para informar a la Agencia Tributaria sobre las retenciones e ingresos a cuenta practicados durante el año fiscal en relación con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Este modelo complementa las declaraciones trimestrales realizadas mediante el modelo 111, proporcionando un resumen detallado de las retenciones efectuadas a cada perceptor.

Es fundamental cumplimentar correctamente el modelo 190 para evitar discrepancias con la Agencia Tributaria y posibles sanciones. A continuación, se ofrece una guía detallada para rellenar este modelo casilla por casilla.

2. Instrucciones para rellenar el modelo 190

Antes de comenzar a cumplimentar el modelo 190, es esencial recopilar toda la información necesaria, incluyendo:

  • Datos identificativos del declarante.
  • Información detallada de los perceptores (trabajadores, profesionales, etc.).
  • Importes de las retenciones e ingresos a cuenta practicados durante el ejercicio fiscal.

La presentación del modelo 190 se realiza de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Para ello, es necesario disponer de un certificado digital, DNI electrónico o estar registrado en el sistema Cl@ve PIN.

3. Página 1 del modelo 190

La primera página del modelo 190 recoge la información general del declarante y un resumen de los datos incluidos en la declaración.

3.1. Declarante

En este apartado, se deben consignar los datos identificativos del declarante:

  • NIF: Número de Identificación Fiscal del declarante.
  • Apellidos y nombre o razón social: Nombre completo en caso de personas físicas o razón social en caso de personas jurídicas.
  • Domicilio fiscal: Dirección completa del declarante.

3.2. Ejercicio

Indicar el año fiscal al que corresponde la declaración, por ejemplo, 2025 si se está presentando en enero de 2026.

3.3. Persona y teléfono de contacto

Se debe proporcionar el nombre y apellidos de la persona de contacto, así como un número de teléfono donde pueda ser localizada en caso de que la Agencia Tributaria necesite realizar alguna consulta sobre la declaración.

3.4. Resumen de los datos incluidos en la declaración

Este apartado incluye un resumen numérico de la declaración:

  • Número total de perceptores: Cantidad de personas o entidades a las que se les ha practicado retención.
  • Importe total de las percepciones: Suma de todas las percepciones dinerarias y en especie sujetas a retención.
  • Importe total de las retenciones e ingresos a cuenta: Suma total de las retenciones e ingresos a cuenta practicados.

3.5. Modalidad de presentación

Indicar la modalidad de presentación de la declaración. Actualmente, la presentación se realiza de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.

3.6. Fecha y firma

Se debe consignar la fecha de presentación y la firma del declarante o de su representante legal.

3.7. Espacio reservado para la Administración

Este apartado es de uso exclusivo de la Agencia Tributaria y no debe ser cumplimentado por el declarante.

4. Página 2 del modelo 190

La segunda página del modelo 190 está destinada a detallar la información de cada perceptor al que se le haya practicado retención o ingreso a cuenta.

4.1. Datos identificativos de esta hoja anterior

En la parte superior de cada hoja, se deben repetir los datos identificativos del declarante y el ejercicio fiscal, así como el número de hoja correspondiente.

4.2. Percepciones

Para cada perceptor, se debe incluir la siguiente información:

  • NIF del perceptor: Número de Identificación Fiscal del perceptor.
  • Apellidos y nombre o razón social: Datos identificativos del perceptor.
  • Clave y subclave de percepción: Código que identifica el tipo de rendimiento o percepción. Por ejemplo, la clave A corresponde a rendimientos del trabajo.
  • Percepciones dinerarias:
    • Percepciones íntegras: Importe total de las percepciones dinerarias.
    • Retenciones practicadas: Importe total de las retenciones practicadas sobre las percepciones dinerarias.
  • Percepciones en especie:
    • Valoración: Valor de las percepciones en especie.
    • Ingresos a cuenta efectuados: Importe de los ingresos a cuenta realizados por el pagador.
    • Ingresos a cuenta repercutidos: Importe de los ingresos a cuenta repercutidos al perceptor.
  • Ejercicio del devengo: Año en el que se han devengado las percepciones.
  • Rentas obtenidas en Ceuta o Melilla: Marcar con una 'X' si las rentas se han obtenido en estas ciudades autónomas.
  • Datos adicionales: En caso de rendimientos del trabajo, se deben incluir datos adicionales como el año de nacimiento, situación familiar, discapacidad, entre otros.

Es esencial que la suma de las retenciones e ingresos a cuenta declarados en el modelo 190 coincida con las cantidades ingresadas a través de los modelos 111 presentados durante el año fiscal.

5. Conclusión

Rellenar el modelo 190 de forma precisa y completa es fundamental para cumplir con las obligaciones fiscales y evitar posibles sanciones. Utilizar herramientas especializadas como Verifactus facilita este proceso, asegurando que la información se gestione de manera eficiente y conforme a la normativa vigente. Con Verifactus, puedes disfrutar de una prueba gratuita de 15 días sin necesidad de tarjeta de crédito.

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6. Preguntas frecuentes

¿Quiénes están obligados a presentar el modelo 190?

Están obligados a presentar el modelo 190 todas las personas físicas o jurídicas que hayan realizado pagos sujetos a retención o ingreso a cuenta durante el ejercicio fiscal, como salarios, honorarios profesionales o premios.

¿Cuál es el plazo de presentación del modelo 190?

El modelo 190 debe presentarse entre el 1 y el 31 de enero del año siguiente al ejercicio fiscal al que se refiere la declaración.

¿Cómo se presenta el modelo 190?

La presentación se realiza de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, utilizando un certificado digital, DNI electrónico o el sistema Cl@ve PIN.

¿Qué ocurre si hay discrepancias entre el modelo 190 y los modelos 111 presentados?

Si existen discrepancias, la Agencia Tributaria puede requerir al declarante para que aclare o corrija la información, lo que podría derivar en sanciones si no se subsanan los errores.

¿Es posible rectificar una declaración ya presentada?

Sí, se puede presentar una declaración complementaria o sustitutiva para corregir errores o añadir información omitida en la declaración original.

¿Qué información se debe incluir sobre los perceptores?

Se debe incluir el NIF, nombre y apellidos o razón social, clave y subclave de percepción, importes de las percepciones y retenciones, y datos adicionales en caso de rendimientos del trabajo.

¿Qué son las claves y subclaves de percepción?

Son códigos que identifican el tipo de rendimiento o percepción. Por ejemplo, la clave A corresponde a rendimientos del trabajo, y dentro de esta, las subclaves especifican el tipo de rendimiento.

¿Cómo se valoran las percepciones en especie?

Las percepciones en especie se valoran por su valor normal en el mercado, es decir, el precio que se pagaría por ellas en condiciones normales de mercado.

¿Qué ocurre si no se presenta el modelo 190 en plazo?

La no presentación en plazo puede conllevar sanciones económicas por parte de la Agencia Tributaria, que varían en función del retraso y de si ha habido requerimiento previo.

¿Puedo delegar la presentación del modelo 190 en un tercero?

Sí, es posible autorizar a un tercero para que presente la declaración en tu nombre, siempre que esté debidamente autorizado y disponga de los medios de identificación necesarios.

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Etiquetas:#modelo 190#IRPF#retenciones#AEAT

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