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Guía completa para la facturación de agricultores en 2026

Descubre cómo deben facturar los agricultores en 2026 según el Régimen Especial de Agricultura, Ganadería y Pesca (REAGP) y la normativa vigente.

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VeriFactus
5 de agosto de 2026
Guía completa para la facturación de agricultores en 2026
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En este artículo, abordaremos en detalle cómo deben facturar los agricultores en 2026, centrándonos en el Régimen Especial de Agricultura, Ganadería y Pesca (REAGP). Explicaremos las actividades incluidas, las obligaciones fiscales, los datos que debe contener una factura, el tratamiento del IVA y del IRPF, y proporcionaremos ejemplos prácticos. Además, responderemos a las preguntas más frecuentes relacionadas con la facturación en el sector agrícola.

2. ¿En qué consiste el Régimen Especial de Agricultura, Ganadería y Pesca (REAGP)?

El REAGP es un régimen fiscal específico diseñado para simplificar las obligaciones tributarias de los titulares de explotaciones agrícolas, ganaderas, forestales o pesqueras. Este régimen se caracteriza por las siguientes particularidades:

  • No obligación de repercutir ni ingresar el IVA: Los agricultores acogidos al REAGP no deben repercutir el IVA en sus ventas ni ingresarlo a la Hacienda Pública.
  • Compensación a tanto alzado: En lugar de deducir el IVA soportado en sus adquisiciones, los agricultores reciben una compensación del 12% sobre el precio de venta de sus productos agrícolas o forestales, y del 10,5% en productos ganaderos o pesqueros.
  • Obligaciones formales reducidas: No están obligados a presentar declaraciones periódicas de IVA, aunque deben llevar un libro registro de operaciones y, en ciertos casos, presentar el modelo 309 para operaciones específicas.

2.1. Actividades incluidas en el REAGP: Agricultura, Ganadería y Pesca

El REAGP se aplica a las siguientes actividades:

  • Agricultura: Cultivo de productos vegetales, incluyendo cereales, frutas, hortalizas y otros cultivos.
  • Ganadería: Cría y explotación de animales para la producción de carne, leche, lana, etc.
  • Pesca: Captura y recolección de productos marinos y de agua dulce.

Es importante destacar que este régimen es aplicable a los titulares de explotaciones que no hayan renunciado expresamente al mismo y que no estén excluidos por superar ciertos límites de facturación o por otras circunstancias específicas.

3. ¿Es posible facturar en el régimen general en vez de en el régimen especial de agricultura?

Sí, es posible. Los agricultores pueden optar por renunciar al REAGP y acogerse al régimen general del IVA. La renuncia puede realizarse de dos maneras:

  • Expresa: Presentando el modelo 036 de declaración censal, ya sea al inicio de la actividad o durante el mes de diciembre anterior al año en que deba surtir efecto.
  • Tácita: Presentando la declaración-liquidación del primer trimestre del año aplicando el régimen general en el modelo 303.

La renuncia tiene una duración mínima de tres años y se prorroga automáticamente salvo que se revoque en diciembre anterior al año en que deba surtir efecto. Es fundamental evaluar las implicaciones fiscales y administrativas antes de tomar esta decisión.

4. ¿Qué datos debe llevar una factura de un agricultor?

Una factura emitida por un agricultor debe contener los siguientes datos:

  • Datos del emisor: Nombre o razón social, NIF y dirección.
  • Datos del receptor: Nombre o razón social, NIF y dirección.
  • Fecha de emisión: Día en que se emite la factura.
  • Descripción de los bienes o servicios: Detalle de los productos vendidos o servicios prestados.
  • Base imponible: Importe neto de la operación.
  • Tipo impositivo y cuota de IVA: Si aplica, aunque en el REAGP no se repercute IVA.
  • Compensación del REAGP: Indicación de la compensación aplicada (12% o 10,5%).
  • Importe total: Suma total de la factura.

Es esencial que la factura cumpla con los requisitos establecidos por la normativa vigente para garantizar su validez fiscal.

5. ¿Cuál es el IVA en una factura de un agricultor?

En el REAGP, los agricultores no repercuten IVA en sus facturas. En su lugar, aplican una compensación a tanto alzado:

  • 12%: Para productos agrícolas o forestales.
  • 10,5%: Para productos ganaderos o pesqueros.

Esta compensación se añade al precio de venta y es soportada por el comprador, quien puede deducirla en su declaración de IVA si es empresario o profesional.

6. ¿Cuál es la retención de IRPF en una factura de un agricultor?

Los agricultores que tributan en estimación objetiva (módulos) deben aplicar una retención del 2% de IRPF en sus facturas cuando el destinatario es un empresario o profesional. Esta retención se practica sobre la base imponible de la factura y debe ser ingresada por el pagador en la Hacienda Pública.

7. ¿Cómo hacer una factura a un agricultor? (El Recibo Agrícola)

Cuando un empresario o profesional adquiere productos de un agricultor acogido al REAGP, debe emitir un "Recibo Agrícola" que sustituye a la factura tradicional. Este recibo debe contener:

  • Datos del comprador y del agricultor: Nombres, NIF y direcciones.
  • Fecha de emisión y de la operación.
  • Descripción de los productos adquiridos.
  • Importe total de la operación.
  • Compensación del REAGP aplicada.

El comprador debe entregar una copia al agricultor y conservar otra para sus registros contables.

8. Ejemplo de factura de agricultor (Plantilla y Requisitos 2026)

A continuación, se presenta un ejemplo de cómo debería estructurarse una factura emitida por un agricultor en 2026:

ConceptoDetalle
EmisorNombre del agricultor, NIF, Dirección
ReceptorNombre del comprador, NIF, Dirección
Fecha de emisiónDD/MM/2026
DescripciónProducto agrícola vendido
Base imponible1.000 €
Compensación REAGP (12%)120 €
Retención IRPF (2%)-20 €
Total a pagar1.100 €

Este ejemplo ilustra cómo se aplican la compensación del REAGP y la retención de IRPF en una factura típica de un agricultor.

9. Preguntas frecuentes

¿Puede un agricultor hacer facturas?

Sí, los agricultores pueden emitir facturas. Si están acogidos al REAGP, deben incluir la compensación correspondiente y, si procede, la retención de IRPF.

¿Qué IVA cobran los agricultores?

En el REAGP, los agricultores no repercuten IVA, sino que aplican una compensación del 12% o 10,5% según el tipo de producto.

¿Cómo se factura a un agricultor en módulos?

Al adquirir productos de un agricultor en módulos, el comprador debe emitir un "Recibo Agrícola" que refleje la operación y la compensación del REAGP.

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Etiquetas:#facturación#agricultores#REAGP#IVA#IRPF

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