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Gastos fiscalmente deducibles en el modelo 130: guía completa para autónomos

Descubre qué gastos puedes deducir en el modelo 130 y cómo optimizar tu declaración trimestral de IRPF como autónomo.

V
VeriFactus
26 de junio de 2026
Gastos fiscalmente deducibles en el modelo 130: guía completa para autónomos
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Los gastos fiscalmente deducibles son aquellos que, según la normativa tributaria, pueden restarse de los ingresos obtenidos en el ejercicio de una actividad económica, reduciendo así la base imponible sobre la que se calcula el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Para los autónomos que presentan el modelo 130, identificar correctamente estos gastos es esencial para optimizar su carga fiscal y evitar posibles sanciones por deducciones indebidas.

Requisitos para que un gasto sea deducible en el modelo 130

Para que un gasto sea considerado deducible en el modelo 130, debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Necesidad para la actividad: El gasto debe ser imprescindible para la obtención de ingresos en el desarrollo de la actividad económica.
  • Justificación documental: Es necesario contar con facturas o documentos equivalentes que respalden el gasto.
  • Imputación temporal: El gasto debe corresponder al período impositivo en el que se realiza la actividad.
  • Registro contable: Debe estar debidamente registrado en los libros contables del autónomo.

Principales gastos deducibles en el modelo 130

Consumos de explotación

Incluyen la adquisición de materias primas, mercaderías y otros aprovisionamientos necesarios para la actividad. Por ejemplo, un carpintero puede deducir la compra de madera y herramientas.

Gastos de personal

Comprenden los salarios y las cotizaciones a la Seguridad Social a cargo del empleador. También se incluyen las indemnizaciones y otros gastos derivados de la relación laboral.

Cuota de autónomos

La cuota mensual que los autónomos abonan a la Seguridad Social es deducible en su totalidad.

Suministros

Los gastos de electricidad, agua, gas, telefonía e internet son deducibles en la proporción en que se utilicen para la actividad económica. Si se trabaja desde casa, se puede deducir un porcentaje de estos gastos, generalmente el 30% de la parte proporcional de la vivienda destinada a la actividad.

Servicios de profesionales independientes

Honorarios pagados a abogados, asesores, consultores y otros profesionales por servicios relacionados con la actividad son deducibles.

Arrendamientos

El alquiler de locales, oficinas o despachos utilizados en la actividad es deducible. Si se alquila una parte de la vivienda para la actividad, se puede deducir la parte proporcional.

Gastos de manutención

Los gastos de manutención del propio autónomo son deducibles siempre que se realicen en establecimientos de restauración y hostelería, se paguen por medios electrónicos y se deban al desarrollo de la actividad. El límite diario es de 26,67 euros en territorio nacional y 48,08 euros en el extranjero.

Tributos fiscalmente deducibles

Impuestos y tasas relacionados con la actividad, como el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) del local de negocio o tasas municipales, son deducibles. Sin embargo, las sanciones y recargos no lo son.

Gastos financieros

Intereses de préstamos y créditos destinados a la financiación de la actividad, así como comisiones bancarias, son deducibles.

Otros gastos deducibles

Incluyen seguros de responsabilidad civil, formación relacionada con la actividad, publicidad y promoción, y gastos de oficina como material fungible.

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Preguntas frecuentes

¿Puedo deducir los gastos de mi vehículo personal?

Los gastos de vehículos particulares solo son deducibles si se demuestra su afectación exclusiva a la actividad económica. En caso contrario, no son deducibles.

¿Cómo justifico los gastos deducibles?

Es imprescindible contar con facturas o documentos equivalentes que respalden cada gasto deducible.

¿Puedo deducir los gastos de formación?

Sí, siempre que la formación esté relacionada con la actividad económica desarrollada.

¿Los gastos de representación son deducibles?

Los gastos de representación son deducibles si están directamente relacionados con la obtención de ingresos y se pueden justificar adecuadamente.

¿Puedo deducir los gastos de vestuario?

Solo es deducible el vestuario que sea necesario y exclusivo para la actividad, como uniformes o ropa con el logotipo de la empresa.

¿Los gastos de viaje son deducibles?

Sí, siempre que estén relacionados con la actividad económica y se puedan justificar adecuadamente.

¿Puedo deducir los gastos de publicidad?

Sí, los gastos de publicidad y promoción relacionados con la actividad son deducibles.

¿Los gastos de telefonía móvil son deducibles?

Si el teléfono móvil se utiliza exclusivamente para la actividad, los gastos son deducibles. Si se utiliza también para fines personales, solo es deducible la parte proporcional correspondiente a la actividad.

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Etiquetas:#gastos deducibles#modelo 130#autónomos#IRPF

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