15 min restantes
Adaptado a VeriFactu · RD-ley 15/202515 min · Normativa

Claves y subclaves del modelo 190 de Hacienda: Guía completa actualizada para 2026

Descubre en detalle las claves y subclaves del modelo 190 de Hacienda, esenciales para una correcta declaración en 2026. Te ofrecemos una guía completa y actualizada.

V
VeriFactus
4 de julio de 2026
Claves y subclaves del modelo 190 de Hacienda: Guía completa actualizada para 2026
EN LA PRÁCTICA

¿Cómo cambia tu día a día con Verifactus?

SIN VERIFACTUS
Tiempo por factura~ 8 minutos
Riesgo de saltos en serieAlto · Excel manual
Envío a la AEATTrimestral, manual
Multa por incumplimientoHasta 50.000 €
Soporte si hay errorTu gestor
CON VERIFACTUS
Tiempo por factura~ 45 segundos
Riesgo de saltos en serieCero · automático
Envío a la AEATEn tiempo real
Multa por incumplimiento0 €
Soporte si hay errorAsistencia 9-21h
Migra tu numeración actual en 5 minutos. Sin perder histórico.Empezar gratis

El modelo 190 es la declaración informativa anual que resume las retenciones e ingresos a cuenta del IRPF practicados durante el año fiscal. Su correcta cumplimentación es esencial para cumplir con las obligaciones fiscales y evitar sanciones. En este artículo, desglosamos en detalle las claves y subclaves del modelo 190, actualizadas para 2026, y ofrecemos orientación sobre su presentación y corrección de errores comunes.

¿Qué es el modelo 190 y quién está obligado a presentarlo?

El modelo 190 es una declaración informativa anual que deben presentar todas las personas físicas y jurídicas que hayan practicado retenciones o ingresos a cuenta del IRPF durante el año fiscal. Este modelo complementa las declaraciones trimestrales del modelo 111, proporcionando un resumen detallado de las retenciones efectuadas a cada perceptor.

Están obligados a presentar el modelo 190:

  • Empresas con empleados en plantilla.
  • Autónomos que hayan contratado trabajadores.
  • Entidades que hayan abonado rendimientos sujetos a retención, como alquileres de inmuebles urbanos o pagos a profesionales.
  • Pagadores de premios sujetos a retención.

Es fundamental que quienes hayan presentado al menos un modelo 111 durante el ejercicio fiscal correspondiente presenten también el modelo 190.

¿Cuándo y cómo se presenta el modelo 190 en 2026?

Para el ejercicio fiscal 2025, el plazo de presentación del modelo 190 es del 1 al 31 de enero de 2026. La presentación debe realizarse obligatoriamente de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.

En caso de problemas técnicos que impidan la presentación dentro del plazo establecido, se permite un plazo adicional de cuatro días naturales para efectuar la presentación sin que se apliquen sanciones.

Listado de claves y subclaves del modelo 190 (Actualizado 2026)

El modelo 190 utiliza una serie de claves y subclaves para categorizar los diferentes tipos de rendimientos sujetos a retención. A continuación, se detallan las principales claves y subclaves actualizadas para 2026:

Clave A: Rendimientos del trabajo

Incluye los rendimientos del trabajo por cuenta ajena, como sueldos y salarios.

Clave B: Pensiones y haberes pasivos

  • Subclave 01: Prestaciones de la Seguridad Social y percepciones abonadas directamente al trabajador por regímenes públicos o mutuas de accidentes.
  • Subclave 02: Prestaciones según el artículo 89.A del Reglamento del Impuesto.
  • Subclave 03: Otros.

Clave C: Prestaciones o subsidios por desempleo

Incluye las prestaciones o subsidios por desempleo.

Clave D: Capitalización del paro

Se refiere al pago único por capitalización del desempleo.

Clave E: Retribuciones a consejeros y administradores

  • Subclave 01: Cuando el consejero o administrador esté incluido en el régimen general de la Seguridad Social como trabajador "asimilado" a trabajadores por cuenta ajena, y los rendimientos percibidos no deban reflejarse en la subclave 02.
  • Subclave 02: Cuando el consejero o administrador esté incluido en el régimen general de la Seguridad Social como trabajador "asimilado" a trabajadores por cuenta ajena, y los rendimientos procedan de entidades cuyo importe neto de la cifra de negocios del último período impositivo finalizado con anterioridad al pago de los rendimientos sea inferior a 100.000 euros.
  • Subclave 03: Cuando el consejero o administrador esté incluido en el régimen especial de la Seguridad Social de trabajadores autónomos, y los rendimientos procedan de entidades cuyo importe neto de la cifra de negocios del último período impositivo finalizado con anterioridad al pago de los rendimientos sea inferior a 100.000 euros.
  • Subclave 04: Se consignará esta subclave en todas las percepciones de la clave E distintas de las que deban relacionarse bajo las subclaves 01, 02 y 03.

Clave F: Retribuciones por conferencias, seminarios y cursos

Incluye las retribuciones por la realización de conferencias, seminarios, cursos y elaboración de obras científicas o literarias.

Clave G: Rendimientos de actividades profesionales

Se refiere a los rendimientos obtenidos por profesionales autónomos.

Clave H: Rendimientos de actividades económicas en estimación objetiva

  • Subclave 01: Tipo de retención reducida del artículo 95.4.2 del Reglamento del Impuesto.
  • Subclave 02: Tipo de retención reducida del artículo 95.4.1 del Reglamento del Impuesto.
  • Subclave 03: Tipo de retención reducida del artículo 95.5 del Reglamento del Impuesto.
  • Subclave 04: Tipo de retención reducida del artículo 95.6.2 del Reglamento del Impuesto.

Clave I: Rendimientos de actividades económicas

Incluye los rendimientos a que se refiere el artículo 75.2.b) del Reglamento del Impuesto, como los procedentes de la propiedad intelectual o industrial, prestación de asistencia técnica, arrendamiento de bienes muebles, negocios o minas, subarrendamiento de dichos bienes y cesión del derecho a la explotación del derecho de imagen.

Clave J: Imputación de rentas por cesión de derechos de imagen

Se refiere a las contraprestaciones a que se refiere el artículo 92.8 de la Ley del Impuesto.

Clave K: Premios y ganancias patrimoniales

  • Subclave 01: Percepciones correspondientes a premios por la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias sin fines publicitarios.
  • Subclave 02: Percepciones correspondientes a ganancias patrimoniales obtenidas por los aprovechamientos forestales en montes públicos.
  • Subclave 03: Percepciones que correspondan a premios por la participación en concursos o combinaciones aleatorias con fines publicitarios, en los que no se realice un desembolso económico por su participación en ellos.

Clave L: Rentas exentas y dietas exceptuadas de gravamen

  • Subclave 01: Gastos de viajes.
  • Subclave 02: Víctima de terrorismo.
  • Subclave 03: Enfermo de SIDA.
  • Subclave 04: Lesiones de la Guerra Civil Española.
  • Subclave 05: Por despido.
  • Subclave 06: Invalidez permanente.
  • Subclave 07: Incapacidad.
  • Subclave 08: Otras pensiones.
  • Subclave 09: Ayudas a la dependencia a no familiares.
  • Subclave 10: Ciertas becas.
  • Subclave 11: Premios.
  • Subclave 12: Becas deportivas.
  • Subclave 13: Ciertas prestaciones del paro.
  • Subclave 14: Misiones de paz.
  • Subclave 15: Ciertos trabajos al extranjero.
  • Subclave 16: Gastos por entierro o sepultura.
  • Subclave 17: Enfermos de Hepatitis C.
  • Subclave 18: Ciertas discapacidades.
  • Subclave 19: Ayudas a la dependencia a familiares.
  • Subclave 20: Prestaciones por adopción.
  • Subclave 21: Rendimientos del trabajo del titular de un patrimonio protegido.
  • Subclave 22: Prestaciones económicas que las Comunidades Autónomas establecen como renta mínima de inserción.
  • Subclave 23: Para informar las ayudas asignadas a ciertas víctimas de delitos violentos.
  • Subclave 24: Se consignarán ciertas rentas en especie exentas de retención y procedentes del rendimiento del trabajo.

Errores frecuentes en las claves y cómo corregirlos

Al cumplimentar el modelo 190, es común cometer errores en la asignación de claves y subclaves. Algunos de los errores más frecuentes incluyen:

  • Asignación incorrecta de la clave A y la clave G: Es fundamental diferenciar entre rendimientos del trabajo por cuenta ajena (clave A) y rendimientos de actividades profesionales (clave G). Un error en esta asignación puede generar discrepancias en la declaración.
  • Uso inadecuado de subclaves en la clave B: Las prestaciones de la Seguridad Social deben clasificarse correctamente en las subclaves correspondientes para reflejar adecuadamente la naturaleza de la percepción.
  • Omisión de subclaves en la clave E: Las retribuciones a consejeros y administradores requieren una clasificación precisa según las subclaves establecidas, considerando aspectos como el régimen de la Seguridad Social y el importe neto de la cifra de negocios de la entidad.

Para corregir estos errores, es recomendable:

  • Revisar detalladamente las definiciones de cada clave y subclave antes de asignarlas.
  • Utilizar herramientas de software de facturación y contabilidad que faciliten la correcta clasificación de las percepciones.
  • Consultar con un asesor fiscal en caso de dudas sobre la clasificación adecuada.

Preguntas frecuentes

¿Qué significa la clave E en el modelo 190?

La clave E se refiere a las retribuciones a consejeros y administradores. Esta clave se desglosa en subclaves que especifican las condiciones del perceptor, como su inclusión en determinados regímenes de la Seguridad Social y el importe neto de la cifra de negocios de la entidad pagadora.

¿Qué significa la clave G en el modelo 190?

La clave G corresponde a los rendimientos de actividades profesionales. Se utiliza para declarar los pagos realizados a profesionales autónomos por servicios prestados, sujetos a retención de IRPF.

¿Qué es la clave F en el modelo 190?

La clave F se utiliza para declarar las retribuciones por la realización de conferencias, seminarios, cursos y elaboración de obras científicas o literarias. Estos rendimientos están sujetos a retención de IRPF y deben declararse bajo esta clave específica.

Para facilitar la correcta cumplimentación del modelo 190 y asegurar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, es recomendable utilizar herramientas especializadas como Verifactus. Este software de facturación online, 100% adaptado a VeriFactu y a la normativa española, ofrece una prueba gratuita de 15 días sin necesidad de tarjeta de crédito, permitiendo a autónomos, pymes y asesorías gestionar sus facturas y declaraciones de manera eficiente y conforme a la ley.

Recuerda que una correcta clasificación de las percepciones y el uso de herramientas adecuadas son clave para evitar errores y sanciones en tus declaraciones fiscales.

Simplifica tu gestión fiscal con Verifactus

Prueba Verifactus durante 15 días gratis, sin necesidad de tarjeta de crédito, y descubre cómo puede ayudarte a cumplir con tus obligaciones fiscales de manera sencilla y eficiente.

Regístrate ahora →

Optimiza tu facturación con Verifactus

Descubre cómo Verifactus puede facilitar la gestión de tus facturas y declaraciones fiscales. 15 días gratis, sin tarjeta.

Empieza ahora →
Etiquetas:#modelo 190#claves y subclaves#Hacienda#declaración IRPF

Sigue leyendo

Ver todo →