¿Qué es un autónomo económicamente dependiente?
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Un Trabajador Autónomo Económicamente Dependiente (TRADE) es aquel profesional que realiza una actividad económica o profesional de forma habitual, personal y directa para un único cliente, del cual percibe al menos el 75% de sus ingresos por rendimientos de trabajo y actividades económicas o profesionales. Esta figura se sitúa entre el trabajador por cuenta ajena y el autónomo tradicional, ofreciendo ciertas protecciones adicionales debido a su dependencia económica significativa de un solo cliente.
¿Qué Ley regula a los autónomos dependientes?
La figura del TRADE está regulada por la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo. Esta ley establece las condiciones y derechos específicos para los trabajadores autónomos económicamente dependientes, diferenciándolos de los autónomos tradicionales y de los trabajadores por cuenta ajena.
Requisitos para ser TRADE
Para ser considerado un TRADE, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
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Dependencia económica: Al menos el 75% de los ingresos deben provenir de un único cliente.
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No tener trabajadores a cargo: No se permite contratar empleados ni subcontratar parte o toda la actividad con terceros, salvo en situaciones excepcionales como riesgo durante el embarazo, maternidad, paternidad, adopción o cuidado de familiares dependientes.
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Infraestructura propia: Disponer de infraestructura y material propios para desarrollar la actividad, distintos de los del cliente.
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Organización propia: Desarrollar la actividad con criterios organizativos propios, sin perjuicio de las indicaciones técnicas que pueda recibir del cliente.
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Asunción de riesgos: Percibir una contraprestación económica en función del resultado de su actividad, asumiendo el riesgo y ventura de la misma.
Diferencias entre TRADE y falso autónomo
Es fundamental distinguir entre un TRADE y un falso autónomo:
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TRADE: Cumple con los requisitos mencionados anteriormente, manteniendo su autonomía organizativa y asumiendo riesgos económicos.
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Falso autónomo: Aparenta ser un trabajador por cuenta propia, pero en realidad mantiene una relación laboral encubierta con la empresa, careciendo de autonomía real y estando sujeto a las directrices y horarios impuestos por el empleador.
La contratación de falsos autónomos es ilegal y puede acarrear sanciones para la empresa contratante.
Contenido del contrato con un TRADE
El contrato entre un TRADE y su cliente debe formalizarse por escrito e incluir, al menos, los siguientes aspectos:
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Identificación de las partes: Datos completos del TRADE y del cliente.
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Objeto y causa del contrato: Descripción detallada de la actividad a realizar.
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Duración: Plazo de vigencia del contrato y condiciones de renovación.
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Condiciones económicas: Remuneración y forma de pago.
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Descansos y vacaciones: Derecho a interrupciones de la actividad, con un mínimo de 18 días hábiles anuales.
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Preaviso para la terminación: Plazos y condiciones para la extinción del contrato por cualquiera de las partes.
Este contrato debe registrarse en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
Causas de extinción del contrato TRADE
El contrato puede extinguirse por diversas causas, entre ellas:
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Mutuo acuerdo: Ambas partes deciden finalizar la relación contractual.
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Incumplimiento contractual: Si una de las partes no cumple con las obligaciones establecidas en el contrato.
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Voluntad del TRADE: El trabajador decide finalizar el contrato, respetando los plazos de preaviso acordados.
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Voluntad del cliente: El cliente decide finalizar el contrato, también respetando los plazos de preaviso y, en su caso, indemnizando al TRADE según lo pactado.
Derechos del autónomo dependiente
Los TRADE tienen derechos específicos, entre los que destacan:
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Contrato escrito: Derecho a formalizar un contrato por escrito que detalle las condiciones de la relación profesional.
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Descansos y vacaciones: Derecho a interrumpir su actividad por un mínimo de 18 días hábiles al año.
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Protección frente a la extinción del contrato: Derecho a indemnización en caso de terminación injustificada del contrato por parte del cliente.
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Acceso a la formación profesional: Posibilidad de acceder a programas de formación para mejorar sus competencias.
Obligaciones fiscales de los autónomos dependientes
Los TRADE, al igual que el resto de autónomos, deben cumplir con las siguientes obligaciones fiscales:
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Alta en el RETA: Inscribirse en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y abonar las cotizaciones correspondientes.
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Declaraciones trimestrales: Presentar las declaraciones de IVA e IRPF de forma trimestral.
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Declaración anual de la renta: Incluir los ingresos obtenidos en la declaración anual del IRPF.
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Llevanza de libros contables: Mantener actualizados los libros de ingresos, gastos y facturas emitidas y recibidas.
Ejemplo de un autónomo económicamente dependiente
Imaginemos a María, una diseñadora gráfica freelance que trabaja principalmente para una agencia de publicidad. El 80% de sus ingresos provienen de esta agencia, mientras que el 20% restante lo obtiene de otros clientes esporádicos. María no tiene empleados a su cargo, utiliza su propio equipo y organiza su trabajo de manera independiente, aunque sigue las directrices técnicas de la agencia. En este caso, María cumple con los requisitos para ser considerada una TRADE.
Preguntas frecuentes sobre los TRADE
¿Los autónomos TRADE pagan la cuota de autónomos?
Sí, los TRADE están obligados a darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y abonar las cotizaciones correspondientes.
¿Cuál es el proceso para darse de alta como autónomo dependiente?
El proceso es similar al de cualquier autónomo: darse de alta en Hacienda y en la Seguridad Social. Además, es necesario formalizar un contrato por escrito con el cliente principal y registrarlo en el SEPE.
¿Qué duración tiene un contrato TRADE?
La duración del contrato puede ser determinada o indefinida, según lo acuerden las partes. En ausencia de especificación, se considera indefinido.
¿Tiene derecho a paro los autónomos dependientes?
Los TRADE pueden acceder a la prestación por cese de actividad, conocida como el "paro de los autónomos", siempre que cumplan con los requisitos establecidos por la Seguridad Social.
¿Es obligatorio registrar el contrato TRADE en el SEPE?
Sí, es obligatorio registrar el contrato en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) para que tenga validez legal.
¿Puede un TRADE trabajar para más de un cliente?
Sí, un TRADE puede tener varios clientes, pero al menos el 75% de sus ingresos deben provenir de un único cliente para ser considerado como tal.
¿Qué sucede si un TRADE incumple los requisitos establecidos?
Si un TRADE deja de cumplir con los requisitos, perderá dicha condición y será considerado un autónomo tradicional, con las implicaciones legales y fiscales correspondientes.
¿Los TRADE tienen derecho a indemnización en caso de despido?
En caso de extinción injustificada del contrato por parte del cliente, el TRADE tiene derecho a una indemnización, cuya cuantía debe estar estipulada en el contrato.
¿Cómo se calcula el 75% de ingresos para ser considerado TRADE?
Se calcula sobre el total de ingresos por rendimientos de trabajo y actividades económicas o profesionales, incluyendo los obtenidos por cuenta propia y ajena.
¿Puede un TRADE contratar a otro autónomo para subcontratar parte de su actividad?
No, salvo en situaciones excepcionales como riesgo durante el embarazo, maternidad, paternidad, adopción o cuidado de familiares dependientes, y siempre de forma temporal.
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